Fundamentos de la Relación Laboral y Fuentes del Derecho del Trabajo
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La Relación Laboral: Requisitos y Características
Para que exista una relación laboral, deben cumplirse los siguientes requisitos fundamentales:
- Personal: El trabajador debe acudir personalmente a realizar la prestación laboral.
- Voluntario: Nadie está obligado a firmar un contrato de trabajo; el trabajador puede renunciar preavisando con los plazos establecidos.
- Retribuido: El trabajador obtiene un beneficio económico a cambio de su actividad.
- Dependiente: El trabajador debe cumplir las instrucciones y órdenes de la empresa.
- Cuenta ajena: El trabajador percibe un salario fijo por su labor.
Relaciones No Laborales
Existen actividades que no cumplen los requisitos anteriores y, por tanto, no se consideran relaciones laborales:
- Trabajo de los funcionarios.
- Prestaciones personales obligatorias.
- Trabajos de amistad, buena vecindad o benevolencia.
- Trabajos familiares.
- Consejeros de sociedades.
- Agentes comerciales, autónomos y transportistas.
Grados de Parentesco
- 0º: Yo y cónyuge.
- 1º: Padres (suegros), hijos.
- 2º: Abuelos, nietos, hermanos.
- 3º: Tíos, sobrinos.
- 4º: Primos.
Relaciones Laborales Especiales
Son aquellas que, por sus características, tienen una regulación específica:
- Personal de alta dirección.
- Servicio del hogar familiar.
- Penados en instituciones penitenciarias.
- Deportistas profesionales y artistas en espectáculos públicos.
- Representantes de comercio.
- Discapacitados en centros especiales de empleo.
- Estibadores portuarios, médicos residentes (MIR) y abogados en despachos profesionales.
Trabajadores Autónomos
Se consideran trabajadores por cuenta propia:
- Mayores de 18 años que desarrollan una actividad por cuenta propia.
- Cónyuge y familiares hasta segundo grado que colaboren en la empresa sin contrato laboral.
- Profesionales colegiados.
- Administradores o consejeros de sociedades capitalistas con control efectivo de la empresa.
Fuentes del Derecho del Trabajo
El orden jerárquico de las normas es el siguiente:
- Normativa de la UE: Prevalece sobre la Constitución. Destacan las directivas, que establecen mínimos que cada país puede mejorar (ej. prevención de riesgos laborales).
- Constitución Española.
- Tratados Internacionales.
- Leyes.
- Reglamentos.
- Convenios Colectivos.
- Contrato de Trabajo.
- Usos y costumbres.