Fundamentos de Seguridad e Higiene: Conceptos de Peligro, Amenaza y Prevención Laboral
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Definición y Naturaleza del Peligro
El peligro es todo ente (lo que es, existe o puede existir) o cosa (todo lo que tiene entidad corporal o espiritual, natural o artificial, real o abstracta; objeto inanimado por oposición a ser viviente) que posee la capacidad intrínseca de producir un daño a alguien o algo, o bien un deterioro en la calidad de vida individual o colectiva de las personas. El peligro es, en términos generales, un ente con capacidad de dañar a otro ente. Las personas también constituyen un peligro, ya que tienen capacidad de producir daños a otros entes o personas, y al mismo tiempo, de ser dañadas por ellos.
Origen del Peligro
- Un Ente o Cosa: Posee la peligrosidad de manera constante e invariable, con independencia de la situación externa. Ejemplo: La electricidad de cualquier tipo.
- Una Situación: Circunstancia o condición del entorno que por sí misma no es peligrosa, pero se transforma en tal bajo condiciones específicas. Si se elimina la condición, el peligro desaparece. Ejemplo: Un piso o superficie para caminar seco no es peligroso, pero si se encuentra mojado o resbaladizo se transforma en una situación peligrosa.
- Un Acto o Actividad: Ejecución de una acción humana en condiciones inseguras. Al desaparecer el acto o la acción inapropiada, el peligro cesa. Ejemplo: Caminar no es peligroso en sí mismo, pero si una persona camina distraída y rápido, el acto se vuelve peligroso.
- Pertenencia: Si un ente es peligroso para un individuo de un conjunto, lo es para la totalidad de los miembros que integran dicho conjunto.
Las 11 Características Esenciales de los Peligros
Las propiedades fundamentales que definen y diferencian a los peligros son:
- Relativos: Dependen del sujeto pasivo.
- Propiedad Intrínseca: Naturaleza del ente.
- Pertenencia: Afecta a todo el conjunto.
- Constancia: No varían geográficamente.
- Producen Daño: Consecuencias específicas.
- Mecanismo Propio: Base técnico-científica.
- Causalidad: Relación causa-efecto explicable.
- Dualidad: Peligro vs. Beneficio.
- Valorables: Medibles en daño y posibilidad.
- Subjetivo: La manifestación varía por individuo.
- Valoración Subjetiva y Social: Basada en la heurística y percepción.
La Amenaza: La Antesala del Daño
La amenaza es la condición dinámica que actúa como "antesala del daño". El peligro es de naturaleza estática y no se puede modificar sin alterar su propia esencia; se transforma en una amenaza cuando entra en juego la proximidad del sujeto.
Definición de Amenaza
"Es la presencia conjunta en tiempo y espacio, del peligro y del sujeto que puede recibir un daño como consecuencia de aquel".
Tipos de Amenaza
- Amenaza Real: El peligro se encuentra en condiciones de fallar de manera inmediata frente al sujeto expuesto. Ejemplo: Un trabajador utilizando una amoladora portátil que presenta problemas de aislamiento en su cable de conexión eléctrico.
- Amenaza Potencial: El peligro está presente y listo para actuar, pero no se está utilizando o no ha entrado en contacto directo aún con el sujeto. Ejemplo: La amoladora portátil con el cable de conexión pelado o dañado que se encuentra guardada en el taller sin ser utilizada.
El Daño y su Dimensión Psicosocial
El daño es "el efecto o la consecuencia producida por un peligro sobre la calidad de vida individual o colectiva". Es la manifestación última y palpable del peligro cuando el sujeto traspasa la zona de amenaza.
Subjetividad del Daño
La percepción de una pérdida depende directamente de las expectativas, valores y experiencia previa de cada persona. Ejemplo: Lo que para un trabajador representa un daño físico claro (una molestia o fatiga lumbar), para otro puede ser ignorado y normalizado como cansancio de rutina o "sudor laboral".
Marco Legal: Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo
- Ley Nº 19.587: Higiene y Seguridad en el Trabajo en la República Argentina.
- Decreto Reglamentario Principal: Decreto Nº 351/79 (reglamentación general).
Objetivos de la Ley (Art. 4 de la Ley 19.587)
- Proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores.
- Prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo.
- Estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral.
Títulos de la Reglamentación (Decreto 351/79)
Se mencionan 4 ejemplos destacados:
- Título III: Características Constructivas de los Establecimientos.
- Título IV: Condiciones de Higiene en los Ambientes de Trabajo (incluye carga térmica, contaminación, radiaciones, ventilación, iluminación y ruidos).
- Título V: Instalaciones Eléctricas.
- Título VI: De la Protección contra Incendios.
Profundización en las Características del Peligro
- Propiedad Intrínseca: Significa que la capacidad de dañar está contenida en la naturaleza o esencia misma del ente, cosa u objeto; no es una propiedad añadida externamente por el ser humano. El objeto "nace" con esta característica (es su "cara fea").
- Pertenencia: Si un ente o elemento es peligroso para un individuo perteneciente a un conjunto (por ejemplo, los seres humanos), automáticamente se considera peligroso para todos los integrantes que forman ese conjunto. Es suficiente demostrar que puede dañar a un solo integrante para concluir que puede dañar al resto.
- Constancia: Al ser una propiedad intrínseca, el peligro no varía por razones geográficas ni de ubicación. Mantiene el mismo potencial dañino en cualquier parte del mundo. (Ejemplo: la electricidad de 220 V presenta el mismo peligro de muerte en Rosario que en Santiago de Chile).
Análisis de Consecuencias: Accidentes e Incidentes
Justificación del Impacto
Los peligros no están limitados a dañar un único componente por evento. Un mismo peligro tiene el potencial de generar consecuencias negativas y daños de forma simultánea sobre las personas (lesiones o muertes), la propiedad (destrucción material de equipos e instalaciones) y el medio ambiente (contaminación irreversible).
Diferenciación Conceptual
- Accidente: Acontecimiento no deseado que interrumpe el proceso normal de trabajo y que produce daños físicos (lesiones, incapacidades, fatalidades) a las personas y/o pérdidas materiales significativas a la propiedad o daños al medio ambiente.
- Incidente: Suceso imprevisto y no deseado que interrumpe la actividad laboral pero no produce lesiones a las personas ni daños materiales de consideración (comúnmente llamado "casi-accidente"). Bajo circunstancias ligeramente distintas, el incidente pudo haber sido un accidente.