Bienes del Estado, ingresos y egresos públicos en México: resumen
Resumen
El documento explica la clasificación de los bienes nacionales (dominio público y privado) y los medios de adquisición y limitación de la propiedad. Después describe cómo el Estado mexicano capta sus ingresos mediante la Ley de Ingresos y asigna su gasto mediante el Presupuesto de Egresos, así como las distintas clases de contribuciones. Finalmente expone los tipos y principios del presupuesto público.
Puntos clave
- Los bienes nacionales se dividen en bienes del dominio público (uso común, dominio directo, destinados a un servicio público, bienes con significado histórico, cultural y científico) y bienes del dominio privado, que pueden ser alienables.
- Las Cámaras del Congreso de la Unión elaboran la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, dos documentos legislativos separados.
- Las contribuciones incluyen impuestos, contribuciones por mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos de organismos y empresas y aportaciones de seguridad social.
- Los tipos de presupuesto son el tradicional, el programático y el funcional.
- Los principios del presupuesto son universalidad, unidad, especialidad y anualidad.
- El artículo 126 constitucional establece que no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior.
- Según el texto, la Cámara de Diputados aprueba anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación (artículo 74, fracción IV).
Bienes Nacionales
Bienes del Dominio Público
- Uso Común
- Dominio Directo
- Destinados a un Servicio Público
- Bienes con significado histórico, cultural y científico
Bienes del Dominio Privado
- Pueden ser alienables
- Su régimen jurídico es mixto, tanto de Derecho Privado como de Derecho Público
Medios de Adquisición y Limitación de la Propiedad
Medios de Adquisición de la Propiedad Prohibidos
- Expropiación
- Nacionalización
- Estatización
- Esquilmación
- Decomiso (judicial)
- Requisición
- Modalidades a la propiedad privada
- Confiscación
Ingresos y Egresos del Estado
El Estado, como toda persona –también es una persona moral–, debe tener un control preciso de sus finanzas para saber, de modo eficiente, cómo realizará la distribución de su gasto público.
Para ello, las Cámaras del Congreso de la Unión elaboran dos documentos formalmente legislativos: el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Ley de Ingresos.
Tradicionalmente, en otras latitudes del mundo, cuando se habla de presupuesto se hace referencia a un solo documento en el cual se incluyen ambos rubros (los ingresos y los egresos); México, en cambio, secciona las disposiciones aludidas en dos.
La Ley de Ingresos es la disposición legislativa, propuesta por el Ejecutivo Federal, para recaudar los ingresos del Estado; por su parte, el Presupuesto de Egresos es un catálogo de gastos asignados a favor de cada institución del Estado.
En este sentido, el estudio radica en los modos de cómo captar recursos (contribuciones) y en la manera de asignar los haberes (gasto público) y su correspondiente control (rendición de cuentas).
Clasificación de las Contribuciones
La recaudación se analizará a través de la clasificación de las contribuciones, las cuales se hallan catalogadas en:
- Impuesto: Prestaciones en dinero o en especie determinadas por la ley con carácter de general y obligatorio a cargo de las personas físicas o morales.
- Contribución por mejora: Es la obligación del gobernado de pagar una cantidad en virtud de un aumento en su patrimonio, porque su bien fue objeto de una plusvalía, derivada de una obra pública.
- Derechos: Son las contribuciones establecidas en ley por los servicios prestados por el Estado en su calidad de Derecho Público; así como por el uso de los bienes de dominio público de la nación.
- Contribuciones causadas en ejercicios anteriores.
- Productos: Contraprestaciones por los servicios prestados por el Estado en sus funciones de derecho privado; así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del Dominio Privado.
- Aprovechamientos: También se conoce a esta contribución como rezago, se genera como producto de un crédito fiscal no pagado oportunamente como los intereses o cantidades adicionales; ejemplos de éstos son las multas, indemnizaciones, reintegros.
- Ingresos de organismos y empresas.
- Aportaciones de Seguridad Social.
Todas las anteriores se establecen en la ya mencionada Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014.
Tipos y Principios del Presupuesto
Por su parte, los gastos se hallan asignados en el Presupuesto de Egresos. Los tipos de presupuestos son:
- Tradicional: Documento que contempla los ingresos y egresos del Estado.
- Programático: Además de contemplar ingresos y egresos, contiene una planeación para llevarlo a cabo.
- Funcional: Le permite a la delegación administrativa el manejo de cantidades globales asignadas en grandes categorías y rubros.
Los principios del presupuesto son:
- Universalidad: Se refiere a todas las erogaciones que deben estar contenidas en el presupuesto.
El artículo 126 constitucional aborda el tema:
Artículo 126. No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior.
- Unidad: Determina la existencia de un solo presupuesto.
- Especialidad: Las partidas presupuestales se otorgarán detalladamente y nunca globalmente.
- Anualidad: Especifica que el presupuesto solamente rige para un año fiscal; el artículo 74, fracción IV, de la Constitución señala:
Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:
IV. Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos?
La Ley de Ingresos es la disposición legislativa, propuesta por el Ejecutivo Federal, para recaudar los ingresos del Estado. El Presupuesto de Egresos es un catálogo de gastos asignados a cada institución del Estado.
¿Qué es una contribución por mejora?
Es la obligación del gobernado de pagar una cantidad por un aumento en su patrimonio, porque su bien fue objeto de una plusvalía derivada de una obra pública.
¿Qué significa el principio de anualidad del presupuesto?
Especifica que el presupuesto solamente rige para un año fiscal.
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