Matrimonio y derecho familiar: conceptos jurídicos esenciales
Resumen
El documento presenta los conceptos básicos del matrimonio desde el Derecho civil: su naturaleza como acto jurídico solemne, los elementos de validez y existencia, el parentesco y la capacidad legal. También recoge figuras relacionadas como el divorcio, el concubinato, el régimen patrimonial y los vicios del consentimiento. Sirve como repaso rápido de la terminología jurídica del tema.
Puntos clave
- El matrimonio es un acto jurídico solemne que crea el estado matrimonial entre un hombre y una mujer (Artículo 146° C.C.).
- Requiere respeto, igualdad, intervención del Estado (juez) y voluntad expresa y escrita de las partes.
- El parentesco puede ser consanguíneo, por afinidad o por filiación.
- La capacidad de goce se tiene desde la concepción; la capacidad de ejercicio es la aptitud para ejercer personalmente los derechos.
- El divorcio es la terminación del contrato de matrimonio (ART 267) y tiene causales como el adulterio o la violencia familiar.
- Los vicios del consentimiento son el error, el dolo y la violencia.
Matrimonio y Derecho Familiar: Conceptos Esenciales
El matrimonio es un acto jurídico complejo y de carácter estatal, cuyo objeto es la creación del estado matrimonial entre un hombre y una mujer. Es un acto jurídico solemne para unir a dos personas (Artículo 146° C.C.).
- Debe haber respeto, igualdad, intervención del estado (juez) y voluntad expresa y escrita de las partes.
Elementos de Validez
Capacidad del autor o autores con voluntad exenta de vicios.
Vicios del Acto Jurídico
(Error, dolo, violencia o temor, lesión)
Elementos de Existencia
- Voluntad (manifestación exteriorizada)
- Consentimiento
- Formalidad, capacidad, ausencia de vicios en la voluntad.
Actos jurídicos: unilateral (uno) o bilateral (de uno o más).
Parentesco
- Consanguíneo: hijos, padres, hermanos.
- Por afinidad: suegros, yernos, nueras, cuñados.
- Por filiación: la filiación es el punto de partida del parentesco.
Capacidad Legal
- Capacidad de goce: Es la aptitud del sujeto para ser titular de derechos y obligaciones; la tiene el ser humano desde su concepción.
- Capacidad de ejercicio: Es la aptitud legal de una persona para ejercer personalmente los derechos que le competen.
Matrimonio Ilícito
Son considerados jurídicamente nulos.
Divorcio
Terminación del contrato de matrimonio (ART 267).
Causales del Divorcio
Adulterio, padecer alguna enfermedad incurable, separación del hogar conyugal, declaración de ausencia, injurias, hábitos de juego o embriaguez, conductas de violencia familiar cometidas por uno de los cónyuges.
Concubinato
Han vivido en común de forma constante y permanente en un periodo mínimo de dos años inmediatamente anteriores, o por tener un hijo.
Amasiato
Relación amorosa entre dos personas casadas, entre casado y soltero, o entre soltero y casado.
Sociedad Conyugal
La comunidad de bienes es una figura utilizada en el Derecho civil para contemplar los casos en los que la propiedad de una cosa.
Sociedad de Convivencia
Un matrimonio de conveniencia es aquel casamiento fraudulento que se produce fundamentalmente para obtener beneficios jurídicos, económicos o sociales.
Régimen Patrimonial
Conjunto de normas que regulan todos los asuntos pecuniarios, propiedad, administración y disposición de los bienes de los cónyuges.
Hecho Jurídico
Todo acontecimiento de la naturaleza o del hombre al que se le atribuyen consecuencias (acción u omisión).
Acto Jurídico
Manifestación exterior de la voluntad bilateral o unilateral para crear, modificar, transmitir o extinguir derechos y obligaciones.
Elementos del Acto Jurídico
Voluntad (oferta, aceptación explícita o tácita), objeto (dar, hacer o no hacer, estar en la naturaleza y en el comercio) y solemnidad.
Obligación
Acto jurídico por virtud del cual una persona se encuentra constreñida jurídicamente (tipos: de dar, de hacer, facultativas, divisibles, indivisibles).
Nulidad
- Absoluta: no impide que el acto produzca sus efectos.
- Relativa: cuando no reúne todos los caracteres enumerados.
Sucesión
Sustitución de una persona en los derechos transmisibles de otra.
Vicios del Consentimiento
- Error: falsa representación de la realidad fáctica o jurídica.
- Dolo: error inducido por otra persona.
- Violencia: cuando para arrancar el consentimiento se emplea una fuerza irresistible o intimidación.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué es el divorcio según el documento?
El divorcio es la terminación del contrato de matrimonio, regulada en el artículo 267. El texto enumera como causales el adulterio, una enfermedad incurable, la separación del hogar conyugal, la declaración de ausencia, las injurias, los hábitos de juego o embriaguez y la violencia familiar.
¿Cuándo se considera que existe concubinato?
Existe concubinato cuando las personas han vivido en común de forma constante y permanente durante un periodo mínimo de dos años inmediatamente anteriores, o por tener un hijo.
¿Qué es el dolo como vicio del consentimiento?
El dolo es un error inducido por otra persona. Es uno de los vicios del consentimiento junto con el error y la violencia.
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