Guía Completa sobre Salarios y Cotizaciones a la Seguridad Social
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Percepciones Salariales
Salario Base
Complementos Salariales
- Personales: Formación del trabajador, idiomas, antigüedad.
- Del puesto de trabajo: Nocturnidad, toxicidad, responsabilidad.
- Por cantidad o calidad del trabajo: Asistencia y puntualidad, comisiones, horas extra.
- De vencimiento superior al mes: Pagas extraordinarias, participación en beneficios (paga extra en marzo).
- En especie: Una vivienda, uso de vehículos, viajes como premio.
Percepciones No Salariales
Suplidos Relacionados con el Trabajo
- Quebranto de moneda.
- Prendas de trabajo y desgaste de herramientas.
- Gastos de locomoción.
- Dietas de viaje.
- Plus de distancia.
- Plus de transporte.
Indemnizaciones
- Por traslado.
- Por despido o cese.
- Por finalización de contrato temporal.
Según el Medio de Pago
Salario en Metálico
- Efectivo (inferior a 2500 euros).
- Transferencia bancaria.
Salario en Especie
- Bienes o servicios diferentes al dinero.
- (Nunca superior al 30% del total del salario).
Según el Método de Cálculo
Salario por Unidad de Tiempo
- Depende del tiempo y no de la cantidad de trabajo realizado (hora, día, mes...).
Salario por Unidad de Obra
- Depende de la cantidad y no del tiempo de trabajo realizado (por metro, por pieza, etc.).
Salario Mixto
- Mezcla de las anteriores (comisiones, primas...).
Cálculo de las Bases de Cotización a la Seguridad Social (BCCC)
Percepciones salariales que cotizan (no horas extras) + percepciones no salariales + prorrata pagas extra.
Bases de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP)
BCCC + horas extras.
Cálculo de la Prorrata de las Pagas Extraordinarias
Grupo de Cotización del 1-7
(Nº pagas extra x importe pagas) / 12 meses.
Grupo de Cotización del 8-11
(Nº pagas extra x importe pagas) / 365 días.
Cálculo de las Bases de Cotización por Horas Extraordinarias
Importe de las horas extras (2 horas extras a 4€ = 8€).
Cálculo de las Aportaciones del Trabajador a la Seguridad Social
Bases de cotización de contingencias comunes o profesionales x % tipo de cotización del trabajador = se descuenta de la nómina.
Cálculo de Retenciones (IRPF)
Total devengado x % tipo de retención por IRPF = se descuenta de la nómina.
Prestaciones que Podemos Recibir de la Seguridad Social
- Incapacidad Temporal (IT): Por enfermedad o accidente con una duración máxima de 12 meses, siendo prorrogables 6 meses.
- Jubilación: Con 66 años y 4 meses si se ha cotizado durante 37 años y 9 meses.
- Muerte y Supervivencia: Deben tener hijos en común y haberse casado un año antes o demostrar 2 años de convivencia y 21 años o más con invalidez.
- Nacimiento y Cuidado Menor.
- Asistencia Sanitaria: Cualquier persona que resida en territorio español con ingresos inferiores a 100.000 euros.
- Incapacidad Permanente (IP): Trabajador que, como consecuencia de enfermedad o accidente, presenta reducción funcional grave y definitiva.
Cómo Acceder a la Prestación por Desempleo
Contributiva: Personas desempleadas en búsqueda activa de empleo. Inscrito como demandante, crear nuevo logotipo. Haber cotizado 360 días en los últimos 6 años sin edad para jubilarse.