Guía Completa de la Seguridad Social en España: Prestaciones, Requisitos y Obligaciones
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 6,33 KB
1. La Seguridad Social en España
1.1 Finalidad y Niveles
La Seguridad Social tiene como finalidad garantizar a los trabajadores y familiares la protección adecuada. Se divide en dos niveles:
- Contributivo: Dirigido a trabajadores españoles residentes en España y extranjeros residentes que ejerzan una actividad profesional. La prestación se otorga en función de las cotizaciones realizadas. Se subdivide en:
- Régimen General: Incluye a la mayoría de los trabajadores que no están incluidos en un régimen especial.
- Régimen Especial: Abarca a Autónomos, Marineros, Mineros, Funcionarios y Seguro escolar.
1.2 Organismos de la Seguridad Social
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestión y administración de prestaciones.
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Gestiona los recursos económicos y tramita las afiliaciones, altas y bajas.
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): Tramita las prestaciones por desempleo.
- Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF)
- Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Gestiona las pensiones.
- Instituto Social de la Marina: Gestiona las prestaciones del sector marítimo y pesquero.
1.3 Obligaciones de la Empresa con la Seguridad Social
- Afiliación y alta de los trabajadores: Se tramitarán previamente al inicio de la relación laboral.
- Cotización: El empresario ingresará mensualmente las cotizaciones de la Seguridad Social (la suya y la del empleado).
- Baja: Cuando finaliza la relación laboral, el empresario dará de baja al trabajador dentro de los 3 días siguientes a su finalización.
2. Prestaciones de la Seguridad Social
2.1 Tipos de Prestaciones
- En especie:
- Asistencia sanitaria
- Prestación farmacéutica
- Servicios Sociales: Prestación de los servicios médicos, farmacéuticos y de recuperación física.
Tienen derecho a la asistencia sanitaria:
- El trabajador, su cónyuge, hijos y ascendientes si conviven con él.
- Pensionistas.
- Desempleados.
- Subsidios: Temporales, por Incapacidad Temporal, Riesgos durante el embarazo, Maternidad, Cuidado de menores con enfermedades graves.
- Pensiones: De duración vitalicia o hasta una edad determinada, por Jubilación, Incapacidad Permanente, por Muerte y Supervivencia: viudedad y orfandad.
- Indemnizaciones: Se abonan una sola vez, por Lesiones permanentes no invalidantes, Incapacidad Permanente Parcial.
- Otras prestaciones: Por desempleo, protección familiar de carácter no económico.
2.2 Maternidad, Paternidad y Riesgo durante el Embarazo
2.2.1 Maternidad
- Situación protegida: Nacimiento de un hijo, adopción de un menor de 6 años o de 18 con discapacidad.
- Requisitos: Estar afiliado y de alta. Según la edad:
- Menos de 21 años: Sin cotización previa.
- Entre 21 y 26 años: 90 días en los 7 años anteriores, o 360 en toda la vida laboral.
- Más de 26 años: 180 días cotizados en los 7 años anteriores, o 360 en toda la vida laboral.
- Si no reúne los requisitos, se da el subsidio no contributivo del 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) durante las 6 primeras semanas (537,84€).
- Cuantía: Cobra el 100% de la Base Reguladora (BR).
2.2.2 Paternidad
- Situación protegida: Igual que la maternidad.
- Requisitos: Estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social, haber cotizado 180 días en los 7 años anteriores, o 360 en toda la vida laboral.
- Duración: 28 días ininterrumpidos ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.
- Cuantía: 100% BR.
2.2.3 Riesgo durante el Embarazo y la Lactancia
- Situación protegida: Cuando no pueda permanecer en su puesto de trabajo, siempre que un cambio a otro no sea posible.
- Requisitos: Estar afiliado y dado de alta, no exige periodo de cotización.
- Duración: Si hay riesgo en el embarazo, hasta que termine o nazca el niño; en caso de riesgo durante la lactancia, hasta los 9 meses del niño.
- Cuantía: 100% BR.
2.3 Incapacidad Temporal (IT)
2.3.1 Requisitos
- Estar afiliado y dado de alta.
- Si es por Enfermedad Común: Haber cotizado como mínimo 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja.
- Si es por Accidente: No se exige periodo de cotización.
2.3.2 Duración de la IT
12 meses con una posible prórroga de 6 meses. En caso de Incapacidad Permanente, la prórroga máxima es de hasta 24 meses, tras los cuales se procede al alta.
2.3.3 Prestación
| Contingencia | Duración | Cuantía | A cargo de |
|---|---|---|---|
| Enfermedad común y accidente no laboral | 1ª, 2ª, 3ª baja | 0€ | Empresario |
| 4ª al 15º día (12 días) | 60% BR | Empresario | |
| 16º al 20º día (5 días) | 60% BR | INSS o Mutua | |
| 21º día y siguientes | 75% BR | INSS o Mutua | |
| Enfermedad profesional y accidente laboral | Día siguiente al de la baja (Solo paga el empresario el día siguiente) | 75% BR | INSS o Mutua |
BR ENFERMEDAD COMÚN = Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCC) del mes anterior.
BR ACCIDENTE = Base de Cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT y EP) del mes anterior.