Guía Definitiva del Valor en Aduana (CIF): Cálculo, Incoterms y Elementos Clave
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Valor en Aduana (CIF): Todo lo que Necesitas Saber
El valor en aduana, también conocido como valor CIF, es el valor real de la mercancía en el momento de su despacho. Es la base sobre la que se calculan los impuestos, y por ello es de vital importancia que se calcule correctamente. La Valoración Aduanera tiene como objetivo asegurar la correcta valoración, basándose en reglas de comercio internacional (entre ellas, el GATT).
Dicho valor en aduana conforma la base gravable para el Impuesto General de Importación (IGI) y el Derecho de Trámite Aduanero (DTA). La suma de todos los valores resulta en la base gravable para el Impuesto al Valor Agregado en importación.
El método más común para determinar el valor en aduana es el valor de transacción. Cuando no es posible fijar este valor, se aplican, en orden, los siguientes métodos secundarios:
- Valor de transacción de mercancías idénticas.
- Valor de transacción de mercancías similares.
- Procedimiento sustractivo.
- Procedimiento basado en el coste de producción.
- Procedimiento del último recurso.
Cálculo del CIF
El cálculo del CIF implica considerar varios factores:
- Beneficio deseado (%): X
- Coste de producción: Base para el cálculo
- EXW: Precio de fábrica
- Seguro (%): (1-%×1,1)
- Precio unitario = EXW / n° pedido
- Margen comercial (%): Incremento sobre el coste de producción
- Comisión agente (%): Calculada sobre EXW + coste producción + margen comercial + embalaje
Cuando no se tiene margen comercial, por ejemplo, 25%: VExw = total sin margen. Comercia / (100%-25%=75%) = X, x × 25% = comisión agente.
Comisión de venta (ej. 2% EXW): 2%w E = total(- comisión 2%)+ 0.002 =E , E= total/0.99 = EXW.
Incoterms y Transporte
Incoterms según el medio de transporte:
- Mercancías transportadas por mar o río: FAS, FOB, CIF y CFR.
- Mercancías transportadas por cualquier medio: EXW, CIP, CPT, FCA, DAP, DAT y DDP.
Descripción de Incoterms Comunes:
- EXW (Ex Works): El producto se pone a disposición del comprador en las instalaciones del exportador, en fábrica.
- FCA, FAS, FOB, CFR, CIF, CPT y CIP: El importador asume costes y riesgos en todo lo relacionado con el transporte de la mercancía desde el momento en que la empresa de transporte recibe los bienes ya en condiciones adecuadas para su despacho.
- DAP (Delivered at Place): El vendedor debe hacerse cargo de todos los gastos y responsabilidades hasta el desembarco de las mercancías en el puerto convenido.
- DAT (Delivered at Terminal) y DDP (Delivered Duty Paid): El exportador mantiene su responsabilidad sobre las mercancías hasta que éstas llegan al punto de destino.
Ejercicio CIF: Orden de Cálculo
- Coste de producción.
- Margen comercial / Beneficio (% sobre coste prod.).
- Envases y embalajes.
- Certificados.
- Agente comercial (% x total operación).
- Suma total = EXW.
Precio unitario: Incoterm ex: exw/unidades
Incremento %: (FCA-EXW)/EXW x 100=%.
Orden de Gastos por Incoterm
- EXW: Carga en fábrica, transporte a puerto, despacho export.
- FCA: Manipulaciones yhc, carga buque, B/L.
- FOB: Variables baf, flete.
- CFR: Seguro (%).
- CIF: CFR + seguro. CIF x 5 arancel+. Suma descarga buque + MANIPULACIONES PORTUARIAS + IVA 21% + transporte país origen.
- DDP: Fábrica a cliente.
Elementos Admitidos y No Admitidos en el Valor en Aduana
Elementos Admitidos:
- Comisiones y gastos (NO comisión de compra).
- Costos y gastos por envases y embalajes.
- Accesorios gratuitos de producción.
- Cánones y derechos de licencia.
- Reventa.
- Gastos de transporte y seguro hasta la importación.
Elementos No Admitidos:
- Fletes después de la importación.
- Gastos de construcción, armado, montaje, mantenimiento después de la importación.
- Derechos e impuestos en el país de importación.
Mercancías Idénticas o Similares
- Mercancías idénticas: Son iguales en todo, incluidas sus características físicas, calidad y prestigio comercial.
- Mercancías similares: Características y composición de materiales semejantes a las mercancías objeto de valoración. Deben haber sido producidas en el mismo país y por el mismo productor. Si no existen operaciones del mismo fabricante, se tendrá en cuenta de otro país.