Guía Práctica sobre Movilidad Laboral: Traslados y Desplazamientos

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 3,06 KB

Movilidad Geográfica Laboral: Traslados y Desplazamientos

La movilidad geográfica consiste en el traslado del trabajador, de forma definitiva o temporal, a otro centro de trabajo en una localidad diferente, implicando un cambio en su lugar de residencia habitual. En ambos casos, debe justificarse por razones técnicas, organizativas, económicas o productivas.

Traslado Definitivo

El traslado definitivo se produce cuando un trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma empresa, implicando un cambio de residencia de forma permanente, o cuando el desplazamiento excede de 12 meses en un periodo de 3 años. El traslado definitivo puede ser individual o colectivo.

Traslado Individual

El traslado individual debe ser notificado con una antelación mínima de 30 días. En este caso, el trabajador puede optar por:

  • Aceptar el traslado, con la empresa pagando los gastos ocasionados por el traslado del trabajador y sus familiares.
  • Extinguir el contrato, con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, prorrateada por meses los períodos inferiores al año, hasta un máximo de 12 meses.
  • Acudir al juzgado de lo social, sin perjuicio de la ejecutividad del traslado (el trabajador debe trasladarse).

Si el traslado es declarado injustificado, el trabajador será reincorporado al centro de trabajo de origen. En caso de que el empresario se niegue a su reincorporación, se entenderá como un despido improcedente.

Traslado Colectivo

El traslado colectivo afecta a un grupo o a todos los trabajadores de un centro de trabajo y requiere la apertura de un periodo previo de consultas con los representantes de los trabajadores, no superior a 15 días. La comisión representativa de los trabajadores debe quedar constituida antes de la comunicación empresarial del inicio del periodo de consultas. Los trabajadores deben ser notificados 30 días antes del traslado y tienen las mismas opciones que en el supuesto de traslados individuales. En ausencia de representación legal de los trabajadores en la empresa, estos podrán atribuir su representación para el periodo de consultas y la conclusión de un acuerdo a una comisión designada.

Desplazamiento Temporal

El desplazamiento temporal consiste en el cambio temporal de centro de trabajo a otra población distinta a la residencia habitual del trabajador. Este desplazamiento no podrá superar los 12 meses en un periodo de 3 años.

Durante este periodo, el trabajador tiene derecho a:

  • Conservar las funciones de su grupo profesional.
  • Percibir el mismo salario.
  • Cobrar gastos de viajes y dietas.
  • Disfrutar de 4 días de estancia en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento.

Cuando el desplazamiento sea superior a 3 meses, el trabajador deberá ser informado con al menos 5 días de antelación.

En el contrato de trabajo puede pactarse la movilidad entre centros de trabajo cuando se trate de empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes.

Entradas relacionadas: