Homicidio con consentimiento de la victima

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HOMICIDIO privar de la vida a otro

Lesión MORTAL muerte  x alteraciones causadas por lesión en órgano (s)
MODALIDADES
Prive de la vida a ascendiente consang. Línea recta, hermano, adoptante, cónyuge a) con conocimiento o NO de relación 
si No se conoce relación homicidio simple
si concurre algún agravante homicidio calificado
si concurre atenuante pena según la modalidad
*Madre que prive de la vida a hijo dentro de las 24 hrs. Sig. Al nacimiento
el juez tomara en cuenta 1. Circunstancias del embarazo 2. Condiciones personales de la madre 3. Móviles de conducta
Al que prive de la vida a otro con petición expresa, libre, reiterada, seria, inequívoca de éste. Deben mediar razones humanitarias.
Victima con enf. Incurable, fase terminal
Al que cause a otro un daño. Alteración en su salud.
+cicatriz pemanente en parte notable de cara
+disminuyan facultad normal funcionamiento órgano/miembro
+pérdida de funciónorgánica de un miembro/órgano
+pongan en peligro la vida
Proferida: Ascendiente, descendiente, consanguíneo
línea recta: Hermano, cónyuge, concubinario, concubino
MODALIDADES
Riña, lesiones calificadas, 
REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.
lesiones simples> querella
lesiones culposas>cualquier naturaleza: salud, transito de vehículos con execpcion de: *actuar bajo estado de ebriedad, estupefacientes, psicotropicos *abandono de la victma.
REGLAS PARA LOS DELITOS DE HOM Y LESIONES
Estado de emoción violenta
Riña: contenido de obra entre 2 o mas personas con propósito de causarse daño.
HOMICIDIO Y LESIONES CALIFICADAS
Cuando se cometen con: ventaja, traición, alevosía, retribución, por el método empleado, saña, edo. De alteración voluntaria.
Ventaja: superior en fuerza física, que se encuentre armado,por mayor destreza, por el # de los que intervienencuando se haye caído.
Traición: quebranto de confianza, ruptura de seguridad prometida
Alevosía: sorpresa intencional, de improviso, empleando vigilancia, que no dé lugar a defenderse
Retribución: Cuando se cometa condicionado a un pago o prestación 
NO SE Impondrá PENA ALGUNA QUE POR CULPA OCASIONE LESIONES U HOMICIDIO EN AGRAVIO DE: línea recta (Ascen, descen, her, adopt, conyug, cocubina.
salvo se encuentre bajo el efecto de alcohol, estupef, psicot. Sin prescripción médica, se diere a la fuga o no auxilie a la victima.
SAÑA: cuando se actúa con crueldad o fines depravados
EDO. DE Alteración VOLUNTARIA: bajo edo. De ebriedad. Influjo de estupef, psicot, u otras sustancias de mismos efectos.
CUANDO POR CULPA  SE CAUSE HOM DE 2 O MAS PERSONAS:
+vehiculo de pasajeros, +transporte escolar, + transporte de personal
si es servidor publico se destituye y inhabilita periodo igual al de la pena para obtener de nuevo empleo o comisión.
ABORTO
Muerte del producto en cualquier momento del embarazo.
Al que hiciere abortar, siempre que exista consentimiento de ella. O sin consentimiento de ella. Con violencia física o moral.
Causado por un medico cirujano, partera, enfermero o practicante-->suspensión de oficio o profesión.;  que sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada, cuando el producto a criterio de 2 médicos presente alteraciones congénitas, genéticas con consentimiento de la mujer embarazada.
no se impondrá sanción cuando: 1. El mbarazo sea producto de una violación, 2. La madre corra peligro en su salud.

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