Horas extras y reducción de jornada en el contrato de trabajo
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Horas extras en el contrato de trabajo
Si se retribuyen, no puede ser por una cantidad inferior a las horas ordinarias. El número máximo de horas extras son 80 h por año trabajado. El empresario debe llevar un control escrito de las horas extras realizadas. Se ha eliminado la posibilidad de que los contratos a tiempo parcial realicen horas extras. En su lugar, se podrán realizar horas complementarias voluntarias, distintas a las pactadas. Sin embargo, sí que pueden realizar horas extras por fuerza mayor. Las horas extras se pagarán más que las horas normales, tanto en dinero como en descanso. Tienen prohibido realizar horas extras los trabajadores menores de 18 años y los trabajadores nocturnos. Horas extras normales: Son aquellas que el trabajador acepta voluntariamente realizar sin haber sido pactadas antes. Son obligatorias solo si están pactadas en el contrato o convenio. Hay un límite de 80 h al año si están retribuidas con dinero. Si se compensan con descansos en los 4 meses posteriores, no hay límite. Horas extras obligatorias: Porque se hayan pactado en el convenio o en las cláusulas del contrato de trabajo y por fuerza mayor imprevisible que requiera reparar un siniestro y otros daños extraordinarios urgentes.
Reducción de jornada
La ley establece determinadas circunstancias personales, así como motivos empresariales, por los cuales se puede reducir la jornada de trabajo. Estas circunstancias incluyen el cuidado de familiares, la lactancia de un menor de 9 meses, ser víctima de violencia de género y que la empresa reduzca entre un 10% y un 70% la jornada de trabajo por motivos objetivos.
Permisos retribuidos
El Estatuto de los Trabajadores reconoce una serie de permisos que son retribuidos por la empresa. Estos permisos suelen ser mejorados por el convenio colectivo, por lo que habrá que consultarlo para saber exactamente los días de permiso. Por ejemplo, el permiso por matrimonio es de 15 días naturales.