Inactividad Administrativa y Pretensiones según la LJCA

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Inactividad administrativa

1) Inactividad prestacional: Cuando la Admón, esté obligada a realizar una prestación concreta en favor de una/varias pers determinds, quienes tuvieran derecho a ella pueden reclamar de la Administración el cumplimiento de dicha obligación. Si en el plazo de tres meses desde la fecha de la reclamación, la Administración no hubiera dado cumplimiento a lo solicitado o no hubiera llegado a un acuerdo con los interesados, estos podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración (art. 29.1 LJCA).

2) Inejec actos firmes: En los casos en los que la Administración no ejecute sus actos firmes, los afectados por dicha inactividad, podrán solicitar su ejecución y si no se produce en el plazo de un mes desde tal petición, los solicitantes podrán formular REC C-A que se tramitará por el procedimiento abreviado.  

Pretensiones

art 31-33 ljca. Vs actos admin y disposic susceptibls de impugnación, el recurrente podrá pretender declarac disconformidad + anulación+ reconocmto de sit jca individualizad y adopción de medds adecuadas para pleno restablecimiento de la misma, incluida indemnizac x daños y perjuicios.

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