Inicio del Contrato de Obra: Pasos Clave y Documentación

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Inicio del Contrato de Obra

Actuaciones previas al inicio

A) Designación de los representantes de las partes contratantes

  • Director de obra, por parte de la Administración. Se le notifica al contratista.
  • Delegado del contratista (Jefe de obra), por parte de la empresa constructora. Interlocutor del contratista, coordina toda la obra. Se le notifica posteriormente a la Administración, y esta tiene potestad para aceptarlo o rechazarlo.

B) Oficina de obra

En ella se encuentran una serie de documentos:

  • Proyecto y Documentos contractuales del mismo.
  • Contrato.
  • Libro de órdenes. El director de obra plasma las órdenes que da al contratista.
  • Plan de Seguridad y Salud.
  • Plan de Obra.

Actuaciones que marcan el inicio de las obras

A) Comprobación del replanteo

Se realiza en el plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato. Si la adjudicación se demora, es causa de resolución del contrato y el contratista tiene derecho a una indemnización cuyo importe es el 2% del precio del contrato. En la reunión en el lugar de las obras se levanta acta:

  • Si ambas partes están de acuerdo, se hace constar en acta y los plazos de ejecución empiezan a contar a partir del día siguiente. En este acto el contratista toma posesión de los terrenos y, por lo tanto, es responsable de su custodia y no los devuelve hasta la recepción de la obra.
  • Si la Administración de las obras considera que no pueden iniciarse las obras o el contratista formula reservas (pegas) suficientemente fundadas a juicio de la Administración, se procede a la suspensión de las obras. Si la suspensión es definitiva (desistimiento), es causa de resolución del contrato con una indemnización al contratista del 3% del precio del contrato. Si la suspensión fuese de carácter temporal (puede ser indefinida hasta alcanzar un máximo de 6 meses, momento en el que el contrato pasa a ser desistimiento/suspensión definitiva), el contratista tiene derecho a indemnización por el tiempo que esté en suspenso la obra.
  • Si el contratista formula reservas, pero la Administración no está de acuerdo, se inician las obras. El contratista dejará constancia de las reservas en el acta.

B) Elaboración por el contratista del Programa detallado de Trabajos (Plan de Obra)

En el plazo de 1 mes desde el inicio de las obras, el contratista tiene que elaborar un programa detallado de trabajos. Es un programa detallado tipo PERT. Deberá ser compatible con el plazo de ejecución establecido que figure en el contrato y con los plazos parciales que estén fijados en el contrato, si los hay. A veces no están establecidos plazos parciales en el contrato, pero se indica que se fijarán en vista de los plazos parciales establecidos por el contratista en su programa de trabajos. Necesitará la aceptación del director de obra. Se realiza en el plazo de un mes desde el inicio de la obra; si el contratista se retrasa en hacerlo, se puede interrumpir el pago de las certificaciones mensuales. Se pide que en un mes se elabore el Plan de Seguridad y Salud.

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