Instituciones del Estado Chileno: Poder Judicial, Contraloría y Fuerzas Armadas
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Instituciones del Estado Chileno
El Poder Judicial
Para la investigación, se puede recurrir a Carabineros o a la Policía de Investigaciones (PDI).
Categorías de participación en un delito:
- Autores
- Cómplices
- Encubridores
Delito de acción pública: Existe un interés público, por lo tanto, le corresponde al Ministerio Público seguir la investigación.
Delito de acción privada: Para que el sistema judicial tenga conocimiento, debe ser a petición de ambas partes.
Tribunal Constitucional
Artículos 92 y siguientes de la Constitución.
Compuesto por 10 miembros:
- 3 designados por el Presidente de la República.
- 4 designados por el Congreso Nacional.
- 3 designados por la Corte Suprema.
Duran 9 años en sus cargos, renovándose por parcialidades cada 3 años.
Es un organismo distinto e independiente de la Corte Suprema, con atribuciones diferentes.
Finalidad: Dirimir la constitucionalidad de las leyes, así como de los tratados internacionales sometidos a la aprobación del Congreso.
Contraloría General de la República
Artículos 98 al 100 de la Constitución.
Finalidad: Ejercer el control de legalidad de los actos de la administración; fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, municipalidades y organismos que determine la ley; examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de esas entidades; llevar la contabilidad general de la nación; y demás funciones que la ley orgánica le presente.
Contralor:
- Debe tener a lo menos 10 años de título de abogado.
- Tener a lo menos 40 años de edad.
- Ser ciudadano con derecho a sufragio.
- Es elegido por el Presidente de la República, con acuerdo de los 2/3 del Senado.
- Dura 8 años en su cargo.
- Edad máxima para ejercer el cargo: 75 años.
Funciones: Dos aspectos relacionados con el examen de legalidad:
- Toma de razón de los decretos y resoluciones del Presidente de la República.
- Toma de razón de los decretos con fuerza de ley.
Toma de razón: Acto del Contralor General referido a un control de legalidad de los decretos y resoluciones que la ley le asigna. En el caso de decretos y resoluciones que emanan del Presidente, si el Contralor los representa (es decir, observa algún vicio), el Presidente puede insistir en su promulgación.
Fuerzas Armadas de Orden y Seguridad
Artículos 101 al 105 de la Constitución.
Dependen del Ministerio de Defensa Nacional.
Están compuestas por tres ramas:
- Ejército
- Fuerza Aérea
- Armada
Orden y Seguridad:
- Carabineros
- PDI
Finalidad: Mantener el orden interno.
Las Fuerzas Armadas y Carabineros son obedientes y no deliberantes. Es decir, existe una jerarquía y no pueden dar opiniones sobre decisiones de política pública.
Son instituciones profesionales: Se sigue una carrera para ser parte de ellas.
En el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea existe la figura del Comandante en Jefe, mientras que en Carabineros existe el Director General. Estos son escogidos por el Presidente de la República, de entre los 5 generales de mayor antigüedad.