Jerarquía y Fundamentos del Sistema Tributario Español

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Jerarquía de las Normas Tributarias

El ordenamiento jurídico tributario se estructura bajo una jerarquía normativa fundamental:

  • La Ley: La norma suprema es la Constitución Española. Toda norma inferior debe subordinarse a las leyes emitidas por el Gobierno y aprobadas por el Congreso.
  • Leyes Principales:
    • Ley General Tributaria: Regula los ingresos.
    • Ley General Presupuestaria: Regula los gastos.
    • Estatuto de Autonomía.
    • Concierto Económico.
  • Decreto-Ley:
    • En el ámbito tributario, se utiliza en casos de extraordinaria y urgente necesidad.
    • Son emitidas por el Gobierno como disposición legislativa provisional.
  • El Reglamento:
    • Dictados en desarrollo de las normas anteriores.
    • Aprobados por el Gobierno, aunque sujetos a limitaciones legales.
  • Tratados Internacionales: Incluyen las normas dictadas por la Unión Europea.
  • Órdenes interpretativas y aclaratorias: De uso exclusivo para funcionarios.

Régimen Fiscal: País Vasco y Navarra

Estas comunidades poseen un régimen especial que les permite regular su propia actividad financiera:

  • Sistema financiero: Regulado por el Estatuto de Autonomía, que permite gestionar competencias compartidas (aquellas que pueden ser modificadas).
  • Competencia legislativa: Se ejerce mediante la Norma Foral.
  • Competencias del sector primario: Agricultura, ganadería, etc.
  • Competencias exclusivas del Estado (no modificables):
    • Ejército y notariado.
    • Relaciones internacionales.
    • Imposición sobre alcohol y tabaco.
    • Aduanas.

Concierto Económico y Territorios Históricos

  • Concierto Económico: Sistema de financiación propio del País Vasco que establece las relaciones financieras y tributarias con el Estado. Incluye el Cupo, que es la aportación que realiza Euskadi al Estado por los gastos de las competencias exclusivas.
  • Ley de Territorios Históricos: Regula las relaciones entre las instituciones forales (Gobierno Vasco) y los órganos forales.

Clasificación de los Tributos

  • Impuestos: Tributos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica.
  • Tasas: Tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público.
  • Contribuciones Especiales: Tributos derivados de la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes.

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