Jerarquía y Tipos de Normas Jurídicas en el Ordenamiento Español
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Clasificación de las Normas Jurídicas
Leyes y Normas con Rango de Ley
- Ley Orgánica: Ley cuya aprobación, modificación o derogación exige la mayoría absoluta del Congreso en una votación final. Regula materias como los derechos fundamentales y libertades públicas, la aprobación de los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general.
- Ley Ordinaria: Aquellas leyes para cuya aprobación por el Congreso solo se requiere mayoría simple. Pueden regular toda clase de materias, excepto aquellas cuyo desarrollo debe efectuarse por ley orgánica.
- Decreto legislativo: Normas elaboradas por el Gobierno previa delegación expresa de las Cortes Generales. Deben referirse a una materia concreta con un plazo de desarrollo previamente determinado.
- Decreto ley: Normas con rango de ley emanadas directamente del Gobierno. Solo se redactan en caso de extraordinaria y urgente necesidad y son normas provisionales que deben ser sometidas a debate y votación en el Congreso. No pueden versar sobre materias propias de la ley orgánica ni sobre las instituciones básicas del Estado.
Reglamentos
Norma escrita por el Gobierno en virtud de su potestad reglamentaria. Pueden ser:
- Reglamentos de ejecución: Dictados por el Consejo de Ministros para el desarrollo y ejecución de una ley anterior, cuyas prescripciones no pueden contravenir y de las que son jerárquicamente inferiores.
- Reglamentos independientes o autónomos: Dictados por el Consejo de Ministros o por un ministro sobre materias no reguladas por ley o cuya regulación no está reservada a esta.
El reglamento dictado por el Consejo de Ministros adopta la forma de decreto, mientras que el reglamento dictado por un ministro recibe el nombre de orden ministerial.
Normas Laborales
- Convenio colectivo: Pacto negociado por los representantes de los trabajadores y empresarios para la regulación de las condiciones de trabajo. Es un acuerdo entre sujetos privados, pero con fuerza de ley, ya que obliga a todos los trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia.
- Contrato de trabajo: Acuerdo entre el empresario y el trabajador mediante el cual el trabajador se compromete, voluntariamente, a prestar unos servicios a cambio de una remuneración. Debe ser lícito y no puede contradecir las normas que le preceden en rango.
- Usos y costumbres locales y profesionales: Norma creada e impuesta por el uso de los empresarios y de los trabajadores de una localidad y de una determinada rama de la producción, profesión u oficio.