Jerarquía de los Tribunales Laborales, Sujetos del Contrato y Periodo de Prueba en España

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Jerarquía de los Tribunales Laborales en España

Los tribunales laborales en España se organizan jerárquicamente de la siguiente manera:

  1. Tribunal Supremo

    Resuelve los recursos de casación contra las sentencias de las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas y la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, para la unificación de doctrina.

  2. Audiencia Nacional

    Resuelve los procesos en materia sindical y colectiva cuando su ámbito exceda el de una comunidad autónoma.

  3. Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas

    Resuelven los recursos de suplicación contra las resoluciones de los Juzgados de lo Social.

  4. Juzgados de lo Social

    Resuelven los conflictos de trabajo individuales y colectivos, siempre que el ámbito de estos no supere la provincia.

Sujetos del Contrato Laboral

El Trabajador

El trabajador presta sus servicios voluntariamente, bajo la organización y dirección del empresario, a cambio de un salario. Pueden ser trabajadores:

  • Mayores de 18 años.
  • Menores de 18 años emancipados.
  • Mayores de 16 años que vivan de forma independiente o con autorización de sus tutores legales.

Restricciones para menores de edad:

  • Prohibición de realizar trabajos nocturnos y peligrosos.
  • Los menores de 16 años pueden intervenir en espectáculos públicos con autorización.

Extranjeros:

  • Los extranjeros que no sean ciudadanos de la Unión Europea necesitan la correspondiente autorización de trabajo y residencia para poder trabajar.
  • Los ciudadanos de la Unión Europea no necesitan ninguna autorización.

El Empresario

Puede ser:

  • Persona física (empresarios individuales):
    • Mayores de 18 años.
    • Menores emancipados.
    • Menores con su representante legal.
  • Persona jurídica (civiles, mercantiles, etc.).

Obligaciones del empresario:

  • Comunicar la contratación.
  • Afiliar al trabajador a la Seguridad Social.
  • Cotizar a la Seguridad Social.

Periodo de Prueba

El periodo de prueba es un tiempo inicial en el que tanto el empresario como el trabajador pueden valorar si la relación laboral es satisfactoria.

Duración máxima del periodo de prueba

  • Titulados: 6 meses.
  • Demás trabajadores: 2 meses.
  • Empresas de menos de 25 trabajadores: 3 meses.
  • Contratos en prácticas:
    • Grado superior: 2 meses.
    • Grado medio: 1 mes.
  • Contrato indefinido de apoyo a emprendedores: 1 año.
  • Contratos temporales de hasta 6 meses: 1 mes.

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