Jornada Laboral, Horarios y Permisos
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Jornada Laboral y Horario de Trabajo
La jornada laboral es el tiempo que el trabajador dedica a la realización de su actividad laboral. En España, la duración máxima de la jornada laboral es de 40 horas semanales.
Tipos de Horarios
- Continuo: el tiempo diario de trabajo se organiza sin interrupciones y, de producirse alguna, su duración será inferior a 1 hora.
- Partido: el tiempo de trabajo se divide en dos o más fracciones, con una interrupción de 1 hora como mínimo entre una y otra.
- Rígido: la hora de comienzo y fin del trabajo diario está preestablecida.
- Flexible: cada trabajador puede iniciar y terminar la jornada dentro de unos márgenes, respetando la duración de la jornada.
Trabajo Nocturno
El horario nocturno de trabajo es aquel que se realiza de 10 de la noche a 6 de la mañana. Los menores de 18 años no pueden realizar trabajos nocturnos.
Trabajo a Turnos
Es aquel que implica una organización de las tareas de la empresa a través de la cual distintos trabajadores ocupan el mismo puesto de trabajo de manera sucesiva en horas distintas.
Horas Extraordinarias
- Estructurales:
- Están pactadas en contrato o en el convenio.
- Son horas con las que la empresa pretende hacer frente a un aumento de la actividad.
- No Estructurales:
- Son voluntarias para el trabajador.
- Se pagarán con dinero o descanso equivalente para disfrutar en los 4 meses siguientes.
- No podrán exceder de 80 horas al año.
- De Fuerza Mayor:
- Son necesarias para prevenir o reparar un daño que pueda producirse sobre las personas o sobre la empresa.
- Son obligatorias para el trabajador.
Periodos de Descaso
- Descanso Anual: 30 días naturales de vacaciones al año.
- Descanso Semanal: Un día y medio para los mayores de 18 años.
- Descanso Durante la Jornada:
- 15 minutos para los mayores de 18 años que trabajen más de 6 horas de forma continua.
- 30 minutos para los menores de 18 años que trabajen más de 4 horas y 30 minutos de forma continua.
Permisos Retribuidos
- Por matrimonio o inscripción como pareja de hecho: 15 días naturales.
- Por realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto: tiempo indispensable.
- Por nacimiento de hijo: 2 días o 4 si hay que desplazarse.
- Por enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica o fallecimiento de familiar de 2º grado: 2 días o 4 si hay que desplazarse.
- Por cumplimiento de un deber inexcusable (juicio): tiempo indispensable.
- Por realización de exámenes para obtener un título académico o profesional: el tiempo indispensable (no es retribuido a no ser que así lo establezca el convenio colectivo).
- Realización de funciones sindicales o representación del personal: los periodos establecidos en ley o convenio.
Reducción de la Jornada Laboral
- Por nacimiento de hijos prematuros.
- Por cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave.
- Por guarda legal de un menor de 12 años o por un pariente de hasta 2º grado.
- Las víctimas de violencia de género.