El juicio ordinario

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Organización: Conjunto de personas que tienen un orden establecido, una meta en común que cumplir y un mismo objetivo que alcanzar. Para poder concretar el objetivo debe haber coherencia, coordinación y eficiencia.

Empresa: Ente cuya actividad económica es la compra de bienes y/o prestracion de servicios y/o elaboración y su posterior venta con el fin de obtener una ganancia o beneficio. Clasificación: Publicas o privadas / Societarias o individuales / Comerciales, industriales o de servicios.

Comercio: Toda adquisición a titulo oneroso, de una cosa, mueble o de un derecho sobre ella para lucrar con su enajenación, sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma distinta de mayor o menor valor. Clasificación: Por mayor: efectúa en grandes cantidades. / Por menor: Efectúa en pequeñas cantidades. / De importación: compras al exterior. / De exportación: ventas al exterior. / En transito: mercadería desde su lugar de origen hacia el país destinatario. / A beneficio de bandera: dos países en guerra, un tercero interviene comprándole mercadería a uno de los países y se las envía al otro. / Según el medio de transporte: terrestre, fluvial, marítimo y aéreo.

Comerciante: Ejerce por cuenta propia actos de comercio teniendo capacidad legal para contratar; profesión habitual.

Derechos: Solicitar concordato ( acreedores; quita y/o mayor tiempo para pagar las deudas). / Autorización para pagar con interés y/o en cuotas. / Rehabilitación: después de la quiebra; otorgado por el juez para poder volver a ejercer el comercio. / Presentación de libros como prueba en un juicio, si han sido llevado correctamente.

Obligaciones: Inscribirse en la Inspección General de Justicia. / Llevar la contabilidad y tener los libros de comercio indispensables para tal fin. / Conservar libros y correspondencias por 10 años. / Rendir cuentas ante la autoridad correspondiente.

Matricula: Inscripción del comerciante a través de un numero habilitante, en la IGJ para poder ejercer como tal.

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