Justicia y Derechos Fundamentales en el Estado Constitucional de Derecho

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Justicia y distribución en el Estado social

En el Estado social, el reparto de bienes entre los ciudadanos es la cuestión fundamental de toda teoría de la justicia. Este proceso se realiza a través de relaciones entre el todo político y los ciudadanos, así como entre los propios ciudadanos. De este modo, el principio de justicia condensa valores (igualdad aritmética y proporcional) y se concreta en el ordenamiento a través de derechos fundamentales (igualdad ante la ley, acceso a cargos públicos), expresándose además en normas (arts. 14 y 23.2 CE).

Por tanto, los cuatro términos (valores, principios, derechos y normas) son distintos aspectos de lo jurídico, refiriéndose a lo mismo bajo una perspectiva distinta.

1. El discurso sobre los principios en el Estado constitucional de derecho

La crisis del Estado legislativo de derecho culmina en el Estado constitucional de derecho, en el que la Constitución sustituye a la ley como pieza fundamental. Mientras que en el marco del positivismo no cabía un discurso autónomo sobre la justicia, en el nuevo panorama, el discurso sobre los principios penetra en el ordenamiento jurídico (incluyendo el principio de justicia).

En el Estado constitucional de derecho, es posible abordar los principios desde dentro del ordenamiento jurídico, superando la tradicional disyuntiva entre iusnaturalismo y positivismo.

La Constitución ha desbordado la condición que le atribuían las interpretaciones de tipo liberal —como ley de organización del Estado y garantía de la separación de poderes—, pues se le ha añadido un contenido que recoge los principios informadores del ordenamiento jurídico. Así, se convierte en norma aplicable directamente por los jueces, sin perder su carácter de norma suprema en la cúspide del sistema de fuentes.

2. El replanteamiento del vínculo entre democracia y derechos fundamentales

Mientras que en el Estado liberal la democracia era entendida únicamente como el triunfo de la regla de las mayorías, la evolución impuesta por el Estado constitucional de derecho exige:

  • El establecimiento de reglas para el acceso de las mayorías al poder.
  • El respeto irrestricto a los derechos de las minorías.

El Estado constitucional de derecho se legitima, en gran medida, por el respeto a los derechos fundamentales. Esto genera un desafío: para garantizar dichos derechos, se imponen Constituciones rígidas, lo que dificulta alterar su contenido y puede menoscabar la libertad de decidir de la voluntad general.

No obstante, debe tenerse en cuenta que la Constitución rígida no es inmodificable; exige un elevado grado de consenso (mayorías cualificadas). Por tanto, no constituye un obstáculo insalvable, sino un control necesario para evitar que se modifique el contenido de los derechos fundamentales sin una mayoría política suficiente.

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