Justiniano, el Corpus Iuris Civilis y las ideas fundamentales del Derecho romano
Resumen
El texto presenta la época de Justiniano y la recopilación del derecho romano en el Corpus Iuris Civilis, que conserva casi el noventa por ciento del derecho romano conocido. A continuación explica el concepto de Ius y sus principales clasificaciones: público, privado, escrito, no escrito, común, singular, natural, de gentes y civil.
Puntos clave
- Justiniano pretendió restaurar la gloria del Imperio Romano y consideró que el derecho romano clásico era el de mayor claridad.
- El Corpus Iuris Civilis está compuesto por el Digesto, el Codex, las Novellae y las Institutiones.
- El Corpus Iuris Civilis constituye casi el noventa por ciento del derecho romano que conocemos hoy.
- El Ius Publicum comprende el derecho que pertenece al pueblo o al Estado, como las XII Tablas y las constituciones imperiales.
- El Ius Privatum recoge los principios elaborados por la jurisprudencia para resolver los casos de los particulares.
- El Ius Gentium es un derecho universal que se aplica también a las relaciones entre romanos y extranjeros y fomenta la libertad contractual.
- El Ius Civile antiguo era riguroso, formal, solemne y propio de una sociedad basada en la gens y la figura del paterfamilias.
Época Justiniana
La época Justiniana arranca con la figura del emperador Justiniano, quien pretendió restaurar la gloria y el esplendor que tuvo el Imperio Romano. El emperador estimó que el derecho romano clásico era el de mayor claridad, por lo que merecía ser recopilado, labor que cumplió con el compendio conocido como Corpus Iuris Civilis, compuesto por el Digesto, Codex, Novellae e Institutiones, y que constituye casi el noventa por ciento del derecho romano que conocemos en la actualidad.
Ideas Fundamentales del Derecho Romano
El Ius o Derecho se ha definido de muchas maneras, entre otras, “como el arte de lo bueno y lo justo” y, por tanto, era necesario. Sin embargo, el término Ius ha tenido diversos significados, ha sido considerado como ordenamiento jurídico en sentido absoluto que regulaba las relaciones de los miembros de la comunidad; Ius hace referencia al Derecho subjetivo, al ejercicio de una potestad por el órgano habilitado para ello.
Podemos destacar las clasificaciones más importantes del Ius en Roma:
- Ius Publicum: alude a lo que pertenece al pueblo, a las civitas o al Estado. Comprendió tanto el derecho nacido de los órganos estatales como, por ejemplo, las XII Tablas, otras leyes públicas, senadoconsultos o constituciones imperiales, así como también las normas relativas a la estructura, organización y funcionamiento en Roma.
- Ius Privatum: se refiere al derecho particular para representar el conjunto de principios elaborados por la jurisprudencia en la resolución de los casos planteados por los particulares.
- Ius Scriptum: El derecho escrito, la ley, los plebiscitos, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados, las constituciones imperiales y las respuestas de los jurisconsultos.
- Ius non scriptum: o derecho no escrito, es decir, aquel que fue confirmado por el uso.
- Ius commune: Por derecho común se entiende el conjunto de normas que comprenden una serie ilimitada de casos generales previamente establecidos de carácter genérico.
- Ius singulare: Es derecho singular el que excluye la aplicación de las reglas generales por causas morales o de utilidad pública, es decir, este justifica en circunstancias muy concretas una razón específica para aplicar un régimen distinto al general, para atender a una utilidad muy especial, ya sea por las personas afectadas, o por lo singular de la relación jurídica.
- Ius Naturale: representa un derecho de origen divino, sujeto a unos valores inmutables, que se ubica en un estadio ideal superior al natural del ser humano.
- Ius Gentium: es un derecho Universal que ya no es monopolio de los ciudadanos romanos, sino que, además de aplicarse a ellos, se extiende a las relaciones entre romanos y extranjeros, es decir, es un Ius Civile más abierto, dinámico y ágil, adaptado a las nuevas necesidades de la época de gloria y florecimiento que Roma comienza a experimentar y trata de desprenderse de los lastres de la rigidez e inflexibilidad del antiguo derecho y fomenta, por ello, el principio de la libertad contractual.
Ius Civile: constituye el derecho civil antiguo, riguroso, formal, solemne, estático, propio de una sociedad basada en la célula familiar de la gens, cuyo epicentro era la figura del paterfamilias y una economía de sobrevivencia.
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¿Qué es el Corpus Iuris Civilis?
Es el compendio de derecho romano impulsado por el emperador Justiniano, compuesto por el Digesto, el Codex, las Novellae y las Institutiones. Constituye casi el noventa por ciento del derecho romano que conocemos en la actualidad.
¿Qué diferencia hay entre Ius Publicum e Ius Privatum?
El Ius Publicum alude a lo que pertenece al pueblo o al Estado, incluyendo leyes públicas y normas de organización de Roma. El Ius Privatum representa el conjunto de principios elaborados por la jurisprudencia para resolver los casos de los particulares.
¿Qué es el Ius Gentium?
Es un derecho universal que no es monopolio de los ciudadanos romanos, sino que también regula las relaciones entre romanos y extranjeros. Es más abierto, dinámico y ágil que el antiguo Ius Civile.
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