Ley 25 octubre 1839

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LEY 25 OCTUBRE DE 1839:

CLASIFICACION:

Se trata de una selección de articulado de la ley del 25 de octubre de 1839. Trata de la forma de adaptar los fueros al nuevo marco constitucional español. Es un documento histórico de naturaleza jurídica porque trata leyes. Es una fuente primaria y directa, ya que es el texto original. Se redacto tras la primera guerra carlista, en la que se enfrentaron liberales y carlistas. Lo redactaron las cortes de Madrid.

ANALISIS:

A continuación analizare la Ley del 25 de octubre de 1839, que fue elaborada por las cortes de Madrid tras el triunfo liberal en la Primera Guerra Carlista. Se concretan las ideas principales del convenio de Bergara. Principal objetivo: encajar los fueros en el nuevo sistema constitucional centralizado.

Esta ley esta dividida en dos partes:

-Preámbulo: se explica brevemente el contexto en que se elaboro la ley. Las cortes aprueban la ley y la reina firma.

-Articulos:

- Articulo 1: en el que aparece el objetivo de la ley, encajar los fueros en el nuevo sistema constitucional español. En función de cómo se encaje serán modificados para que puedan convivir liberalismo y fueros y dice asi: “se confirman los fueros de las provincias vascongadas  y de Navarra, sin perjuicio” de la unidad constitucional de la Monarquia.

- Articulo 2: explica el método que se va a utilizar para conseguir el objetivo. El texto dice que “se oirán” a los territorios vascos y que la decisión final la tomara las cortes de Madrid. La palabra “oirán” tuvo dos interpretaciones, para los vascos negociar y para las cortes escuchar.

Esta ley tuvo una gran polémica en los territorios vascos ya que para algunos significaba adaptar los fueros y para otros la primera ley abolitoria de los Fueros porque la ultima decisión la tomaban las cortes de Madrid.



COMENTARIO CRITICO:

A lo largo del tiempo, los distintos territorios vascos fueron desarrollando unos usos y costumbres para ordenar su vida y hacer frente a los problemas de la vida cotidiana. Estos usos y costumbres se convirtieron en leyes a las que llamaron fueros. Fueros: derecho que emana de la costumbre. Leyes fundamentales de los territorios vascos, basados en el uso y la costumbre. Las principales características de los fueros eran:

-Autogobierno

- Pase foral vasco

-Amplia exención de impuestos

-Localización de aduanas en el interior

-La exención militar

Primera guerra carlista: La principal causa de la primera guerra carlista fue la cuestión sucesoria. En España la ley salía no permitía reinar a las mujeres, y por esto el legitimo sucesor del trono era el hermano de Fernando VII. Cuando Fernando VII contrajo matrimonio con Maria Cristina de Napoles, esta quedo embarazada y cuando nació su hija se abole la ley salica. Esto provoco la formación de dos grupos, los carlistas y los isabelinos. Cuando Fernando VII murió comenzó la sublevación de los carlistas y Maria Cristina apoya a los liberales para que su hija pudiera acceder al trono. La primera guerra carlista comenzó a causa de la cuestión sucesoria, pero fue una guerra entre liberalismo y absolutismo. En los territorios vascos, la defensa de los Fueros frente a los intentos centralizadores del liberalismo fue un factor de gran transcendencia. La guerra se dio en tres pasos. En el ultimo, el final de la contienda, el general carlista Maroto y el general liberal Espartero, firmaron el Convenio de Bergara; en el que los carlistas reconocen los derechos al trono de Isabel II y los liberales defenderían los Fueros y mantendrían los grados militares.

Las principales consecuencias de esta ley fueron:

-El control del estado paso a estar en manos de las Cortes españolas. Por esto se decía qe esta era la primera causa de abolición de los fueros.

-La segunda guerra carlista. Que se incio principalmente por defender el catolicismo para qe no se estableciera un estado laico.

-La ley de 1876, fue la ley de abolición de los fueros vascos.

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