Ley de Ferrocarriles de 1855: Modernización Económica en el Bienio Progresista

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Contexto Histórico de la Ley de Ferrocarriles de 1855

Este es un texto histórico-literario en su forma y económico en su contenido, elaborado por el gobierno progresista y sancionado por la reina Isabel II. Se trata de un documento legal de carácter público y de alcance nacional e internacional, fechado el 3 de junio de 1855, año en el que los progresistas acceden al gobierno y comienzan a establecer medidas para modernizar e industrializar la economía de España.

La obra se sitúa en la época del Estado Liberal (1833-1874), durante el reinado de Isabel II (1833-1868), específicamente en la etapa del Bienio Progresista (1854-1856).

Presentación de los Artículos Clave

A continuación, se detallan los artículos más importantes de la Ley de Ferrocarriles que realizaron los progresistas en 1855 para impulsar el desarrollo de este medio de transporte en España:

  • Art. 4: Establece que la construcción de las vías la realizarán el gobierno o compañías privadas.
  • Art. 6: Las compañías deben conseguir primero el permiso del gobierno para poder construir un tramo.
  • Art. 8: Establece las ayudas económicas que dará el Estado a esas compañías para construir los tramos.
  • Art. 19: El Estado garantizaba las inversiones hechas por compañías privadas.
  • Art. 20: Establece otras ayudas para la obtención de materiales y terrenos, y libra de aranceles aduaneros la importación de los materiales necesarios desde el extranjero.
  • Art. 30: Establece la anchura de la vía para todos los ferrocarriles españoles.

Objetivos e Impacto de la Ley

Esta ley es una de las iniciativas económicas más relevantes establecidas por el gobierno de los progresistas en su breve estancia en el poder durante el Bienio Progresista. Sus puntos fundamentales incluyen:

  • El deseo de impulsar la construcción del ferrocarril en España para desarrollar la atrasada industrialización del país.
  • La intención de atraer a compañías particulares para que invirtieran en la construcción de los diferentes tramos, ya que las finanzas públicas se encontraban en mal estado debido a una gran deuda pública.
  • La regulación de la concesión por subasta de los diferentes tramos.
  • El otorgamiento de subvenciones y otras ayudas: las compañías explotarían el tramo una vez construido (mediante el cobro de billetes y peajes).
  • La garantía de la inversión en todos los casos, incluso en situaciones de guerra.

Con estas medidas se consiguió que afluyeran capitales extranjeros de países que ya tenían una red ferroviaria desarrollada, provenientes de sociedades inversoras de Gran Bretaña, Bélgica, Francia y Alemania, así como de algunos pocos banqueros y aristócratas españoles.

Disposiciones Adicionales y Financiación

Otros artículos fundamentales

  • Art. 14: Concesiones otorgadas para un periodo de 99 años.
  • Art. 15: Tras finalizar los 99 años, las líneas las adquirirá y explotará el Estado.

La Desamortización de Madoz como motor económico

Para obtener el dinero destinado a las subvenciones, el gobierno progresista había realizado previamente la Desamortización Civil de Madoz:

  • Expropiación y subasta de tierras comunales de la Iglesia (completando la anterior desamortización de Mendizábal).
  • Expropiación y subasta de, principalmente, tierras de municipios y del propio Estado.
  • El dinero obtenido servía mayoritariamente para amortizar la deuda pública y el resto se destinaba a las subvenciones para la construcción del ferrocarril.

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