Locuciones Latinas Fundamentales en el Ámbito Jurídico
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Locuciones Latinas en Derecho
Introducción a las Locuciones Latinas
Las locuciones latinas son frases o expresiones en latín que se utilizan con frecuencia en el ámbito jurídico. A continuación, se presenta una lista de algunas de las más comunes:
Lista de Locuciones Latinas
A
- Abusus non tollit usum: El abuso de una cosa no anula su uso legítimo.
- Ab intestato: Sin testamento.
- Ad impossibilia nemo tenetur: Nadie está obligado a hacer lo imposible.
- Adhuc sub iudice lis est: El pleito está todavía ante el juez (pendiente de resolución).
B
- Bis peccat qui crimen negat: Peca dos veces quien niega el crimen.
- Bona fides semper praesumitur, nisi mala adesse probetur: La buena fe siempre se presume, a menos que se pruebe la mala fe.
C
- Confessio est regina probationum: La confesión es la reina de las pruebas.
- Contra iuris civiles regulas pacta conventa non habentur: No se tienen por válidos los pactos contra las normas del derecho civil.
- Cui prodest?: ¿A quién beneficia?
D
- Dura lex, sed lex: La ley es dura, pero es la ley.
E
- Excusatio non petita, accusatio manifesta: Excusa no pedida, acusación manifiesta.
F
- Facta non praesumuntur sed probantur: Los hechos no se presumen, sino que se prueban.
H
- Habeas corpus: Derecho fundamental que protege contra la detención arbitraria.
I
- Ibi potest valere populus ubi leges valent: El pueblo tiene fuerza donde las leyes tienen fuerza.
- In dubio pro libertate: En caso de duda, a favor de la libertad.
- In dubio pro operario: En caso de duda, a favor del trabajador.
- In dubio pro reo: En caso de duda, a favor del acusado.
- In indicando criminosa est celeritas: La prisa en el procedimiento judicial es perjudicial.
- Ira non excusat delictum: La ira no excusa el delito.
- Iudex damnatur cum nocens absolvitur: El juez es condenado cuando el culpable es absuelto.
- Iuris praecepta sunt haec: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere: Los preceptos del derecho son: vivir honestamente, no dañar a otro, dar a cada uno lo suyo.
L
- Legem brevem esse opportet, quo facilius ab imperitis teneatur: La ley debe ser breve para que sea más fácilmente comprendida por los que no son expertos.
- Legum omnes servi sumus ut liberi esse possimus: Somos esclavos de las leyes para poder ser libres.
- Lex est commune praeceptum, iustum ac stabile, sufficienter promulgatum: La ley es un precepto común, justo y estable, suficientemente promulgado.
- Libertas est potestas faciendi id quod iure licet: La libertad es la facultad de hacer lo que el derecho permite.
N
- Necessitas non habet legem: La necesidad no tiene ley.
- Nemo iudex in causa sua: Nadie puede ser juez en su propia causa.
- Nemo inauditus condemnetur: Nadie debe ser condenado sin ser oído.
O
- Onus probandi incumbit actori: La carga de la prueba recae sobre el demandante.
- Optima est lex quae minimum relinquit arbitrio iudicis; optimus iudex qui minimum sibi: La mejor ley es la que deja menos al arbitrio del juez; el mejor juez es el que menos se atribuye a sí mismo.
P
- Pacta sunt servanda: Los pactos deben ser cumplidos.
Q
- Qui iure suo utitur neminem laedit: Quien usa su derecho no daña a nadie.
R
- Res nullius: Cosa de nadie.
S
- Summum ius, summa iniuria: El derecho extremo, extrema injusticia.
U
- Ubi ius, ibi societas; ubi societas, ibi ius: Donde hay derecho, hay sociedad; donde hay sociedad, hay derecho.
- Unius testimonium non sufficit ad condemnationem: El testimonio de uno solo no es suficiente para condenar.
V
- Vis legibus inimica: La fuerza es enemiga de las leyes.