Lopa 2011

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5.5LAS REFORMAS POSTERIORES MÁS SIGNIFICATIVAS. -La Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo. -Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la SS, que, entre otras, introduce modificaciones en el régimen jurídico de la pensión de jubilación. Se prevén los 67 años como edad de acceso a la jubilación, al tiempo que mantiene la misma en 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y seis meses, tras su implantación de forma progresiva y gradual. -Ley 28/2011 por la que se procede a integrar el Régimen Especial Agrario de la SS en el Régimen General. -Ley 35/2014 por la que se modifica el TRLGSS en relación con el régimen jurídico de las MATEPSS, actualmente Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. -El Real Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la SS y que refunde 28 normas con rango legal. A)Estructura del nuevo TRLGSS. -Titulo I: Normas generales del sistema de la SS. Titulo II: Régimen General de la Seguridad Social. Titulo III: Protección por desempleo. Título IV: Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Titulo V: Prestación por cese de actividad. Título VI: Prestaciones no contributivas


5.6EL PACTO DE Toledo Y SU DESARROLLO LEGISLATIVO. Esta etapa se inicia con el denominado Pacto de Toledo firmado por los diferentes grupos parlamentarios. Destacamos las siguientes reformas: -Separación y clarificación de las fuentes de financiación. -Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones. -La constitución de un Fondo de Reserva para garantizar la estabilidad del sistema. -Financiación, simplificación e integración de los RegíMenes Especiales. -Mejora de las bases de cotización mediante el establecimiento de un único tope máximo para todas las categorías laborales. -Gestión del sistema. Unificación con la creación de la Agencia de la Seguridad Social. -Lucha contra el fraude. Se entiende como prioritario la lucha contra la economía irregular. !!La Ley 28/2011 procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la SS en el Régimen General de la SS, siguiendo la recomendación del Pacto de Toledo sobre simplificación de los regíMenes de la SS.

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