Manual Completo sobre Derecho Laboral: Contratos, Derechos y Más
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Fundamentos del Derecho Laboral
1. Derechos Fundamentales: Derecho al trabajo, derecho a la huelga, derecho a no ser discriminado.
2. Ámbito de los Tribunales Laborales: Despido disciplinario.
3. Conflicto de Normas: Prevalece el tratado internacional.
4. Principio de Norma Mínima en Contratos: No se pueden empeorar las condiciones establecidas en los convenios.
7. Fuentes del Derecho Laboral No Estatales: Reglamento de la Unión Europea, convenio colectivo y contrato de trabajo.
8. Principio de Condición Más Beneficiosa: Los derechos adquiridos por el trabajador no se pierden aunque cambien las leyes.
10. Actividades Excluidas del Derecho Laboral: Un funcionario y una colaboración con una ONG.
11. Relaciones Laborales: Representantes de comercio y comisionistas.
12. Derechos Básicos de los Trabajadores: Huelga y libre elección de oficio.
13. Trabajo por Cuenta Ajena: El fruto del trabajo pertenece a la empresa, no al trabajador.
14. Derecho Básico del Trabajador: Derecho a participar en la empresa.
Tipos de Contratos y Duración
2. Periodo de Prueba para Trabajadores No Titulados: 2 meses.
3. Periodo de Prueba para Contratos de 5 Meses: 1 mes.
5. Contrato No Escrito: Contrato indefinido ordinario.
7. Contratos de Duración Determinada: Contratos de obra y servicio, y eventuales por circunstancias de producción.
8. Objetivo del Contrato en Prácticas: Facilitar experiencia laboral a quienes posean el título oficial correspondiente.
9. Duración de un Contrato en Prácticas: 2 años.
10. Trabajadores a Tiempo Parcial y Horas Extras: No pueden realizar horas extras.
11. Información sobre Horas Complementarias a Tiempo Parcial: Los trabajadores deben conocerlas con 3 días de antelación.
12. Duración Máxima de un Contrato en Prácticas: De 6 meses a 2 años.
13. Contrato para Sustituir una Baja: Contrato de interinidad.
14. Contrato para un Incremento de Pedidos: Contrato eventual por circunstancias de producción.
15. Poder Sancionador en ETT: Recae en la ETT, aunque el trabajador esté cedido a otra empresa.