Marco Legal Ambiental y Educativo en Argentina: Leyes y Regiones
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Marco Legal Educativo y Ambiental
Ley 26.206: Aprobada el 14 de diciembre de 2006, está orientada a resolver problemas de fragmentación y desigualdad que afectan al sistema educativo, enfrentando los desafíos de una sociedad y garantizando el acceso universal a una educación de buena calidad.
Ley de Parques Nacionales: Hace referencia a una categoría de área protegida que goza de un estatus legal, obligada a proteger y conservar su flora y fauna.
Ley de Bosques 26.331
- Categoría 1 (Rojo): Deben mantenerse como bosques para siempre. Son sectores de muy alto valor de conservación; no deben desmontarse ni utilizarse para la extracción de madera.
- Categoría 2 (Amarillo): Son sectores de medio valor de conservación, los cuales pueden estar degradados pero mantienen un alto nivel de conservación. Pueden ser utilizados mediante aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
- Categoría 3 (Verde): Sectores de bajo valor de conservación; pueden ser transformados en su totalidad.
Regiones de Argentina
Las regiones principales son: Noroeste, Nordeste, Pampeana, Cuyo y Patagónica.
Región Patagónica
Está formada por las provincias de Chubut, Neuquén, parte de La Pampa, parte de Buenos Aires, el extremo sur de Mendoza, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Tiene un clima frío y seco, y la vegetación corresponde a la región fitogeográfica de Estepa. Al oeste se encuentra el ámbito de las montañas, cuya vegetación típica es el bosque patagónico.
Región Pampeana
El clima es una variación del subtropical húmedo. Presenta veranos cálidos e inviernos frescos y variables, con heladas frecuentes. A esta región la componen las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, La Pampa, Córdoba y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Limita al norte con Corrientes, Chaco y Santiago del Estero; al oeste con Catamarca, La Rioja, San Luis y Mendoza; y al sur con Neuquén y Río Negro.
Artículo 41 de la Constitución Nacional
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural, y a la información y educación ambiental.
- Este artículo se relaciona con la educación, ya que establece el derecho a recibir información y educación ambiental. Esto conlleva la obligatoriedad de enseñar en todos los niveles educativos, conforme a lo plasmado en los diseños curriculares.
Salidas Educativas
- Nivel Inicial: Reconocer elementos del ambiente construido y natural alrededor del establecimiento. Conocer la plaza principal y la avenida frente al jardín.
- Nivel Primario: Visitar la escuela primaria cercana para ambientación y noción del futuro establecimiento. Realizar un viaje a un parque provincial para reconocer elementos naturales del entorno.
- Nivel Secundario: Realizar una salida educativa para conocer la universidad más cercana (ej. Universidad del Sur en Bahía Blanca) y visitar entornos naturales como Sierra de la Ventana.