Marco Normativo de la Exposición a Ruido y Conceptos Clave de PRL
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Legislación y Conceptos Fundamentales en Prevención de Riesgos Laborales
I. Real Decreto 286/2006: Protección frente a la Exposición al Ruido
- La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, es la Ley de **Prevención de Riesgos Laborales**.
- El **RD 286/2006**, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la **Exposición** al ruido.
- El **RD 286/2006** **Desarrolla** la Ley 31/1995.
- Mediante el RD 286/2006 se **Transpone** la Directiva europea 2003/10/CE.
- El RD 286/2006 consta de **12 artículos**, 2 disposiciones adicionales, 1 disposición transitoria, 1 disposición derogatoria, 2 disposiciones finales y **3 anexos**.
- El RD 286/2006 consta de **3 anexos**.
- Las disposiciones de este real decreto se aplicarán a las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a riesgos derivados del ruido como consecuencia de su **Trabajo**.
- Cuando una empresa elige una serie de máquinas que, a igualdad de características técnicas, ofrezcan los niveles más bajos en la declaración de ruido emitido, estaremos **Cumpliendo el artículo 4 del RD**.
- En los lugares de trabajo en los que haya puestos de trabajo permanentes en los que se superen o puedan superarse los niveles superiores de exposición, se señalizará la **obligación de empleo de protectores auditivos**.
- Cuando, debido a la naturaleza de la actividad, los trabajadores dispongan de locales de **Descanso** bajo la responsabilidad del empresario, el ruido en ellos se reducirá a un nivel compatible con su finalidad y condiciones de uso.
- Cuando el valor de LAeq,d supere **87 dB(A)** o el Lpico **140 dB(C)**, para evaluar si el valor límite ha sido o no superado, ¿se tendrá en cuenta el efecto de la utilización de las protecciones individuales? **Sí**.
- Si en un puesto de trabajo el nivel de exposición diario equivalente LAeq,d es 92 dB(A) y se utilizan protectores individuales cuya atenuación es de 10 dB(A), se considerará que el nivel de exposición diario equivalente que llega al oído es **82 dB(A)**.
- Para los valores de exposición que dan lugar a una acción, ¿se tendrán en cuenta los efectos producidos por los **EPIs**? **No**.
- En general, en las actividades de carácter comercial (tiendas, grandes almacenes, etc.) y administrativo, el nivel de exposición diario equivalente es notablemente más bajo que los valores inferiores de exposición y, por tanto, en ellas no será habitualmente necesario que la evaluación de riesgos incluya **mediciones del nivel de ruido**.
II. Otras Normativas y Clasificación Empresarial
- El Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, es por el que se aprueba el Cuadro de **Enfermedades Profesionales** en el Sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.
- Si queremos averiguar cómo se clasifica la actividad económica de una empresa a nivel nacional, buscaremos su **CNAE** (Clasificación Nacional de Actividades Económicas).