Marco Normativo y Modelos de Inclusión para la Diversidad Funcional

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Modelos de Inclusión y Marco Normativo

Existen elementos fundamentales que son necesarios para incorporar a las personas en la sociedad.

Modelo inclusivo o de vida independiente

La diversidad se entiende como algo normal que no requiere un trato diferente; por ello, la sociedad debe facilitar los mecanismos que permitan vivir con dignidad.

4.5.1. Normativa en materia de diversidad funcional

La Constitución Española de 1978 recoge que las personas con diversidad funcional deben tener garantizado el disfrute de sus derechos como ciudadanos.

Etapas en la atención a la diversidad

  • Primera etapa (finales de los años 90): Atención especializada basada en ayudas económicas y servicios destinados a la protección. En esta etapa destaca la Ley de Integración de los Minusválidos (1982).
  • Segunda etapa (años recientes): Los servicios y prestaciones se destinan a promover la autonomía de la persona en entornos normalizados.

Legislación clave

  • Ley de 2006 de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
  • Real Decreto Legislativo 1/2013: Aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.

Ley de Dependencia (1 de enero de 2007)

Mediante esta ley se crea el Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia (SAAD), para garantizar la atención y promoción de personas en situación de dependencia. La atención y protección se regula según el nivel reconocido de dependencia.

Real Decreto Legislativo y Convención Internacional

La Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce que la protección se extiende desde la salud hasta la atención integral, incluyendo educación y empleo. Respecto a la educación, se garantiza un sistema educativo inclusivo.

Normativa autonómica

Todos los estatutos contienen referencias a la autonomía y situaciones de dependencia, así como a los servicios sociales. Las nuevas leyes de servicios sociales incorporan aspectos relacionados con la autonomía y la atención.

La normativa autonómica de servicios sociales atribuye competencias y responsabilidades a los gobiernos locales, especialmente en lo relativo al nivel primario y a los servicios de proximidad.

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