Mecanismos de Control Parlamentario y Responsabilidad Gubernamental en el Sistema Español
El Control Parlamentario
El sistema parlamentario se basa en una relación de confianza entre el Gobierno y el Parlamento. Esto aplica tanto para la elección del primero por el segundo como para la exigencia de responsabilidad política que puede acarrear la caída del Gobierno. En nuestro sistema, esa responsabilidad la ejerce solo el Congreso sobre el Gobierno y, en realidad, es una relación directa con el Presidente del Gobierno, no con todo el Gobierno.
Las técnicas de control parlamentario racionalizado han favorecido una mayor estabilidad gubernamental.
La moción de censura constructiva exige mayoría absoluta y un candidato alternativo al Presidente del Gobierno, que queda investido si se aprueba la moción.
La estrecha vinculación entre el Gobierno y la mayoría que lo apoya hace muy difícil que este control parlamentario provoque la caída del Gobierno. Sin embargo, es conveniente que el Gobierno esté sometido al control de las minorías, ya que el fin de este control no es solo remover al Gobierno y sustituirlo, sino también fiscalizarlo, expresar opiniones en contra y proponer alternativas a la política gubernamental.
Instrumentos de Control Parlamentario
La mayoría de estos instrumentos están regulados en los Reglamentos parlamentarios.
A. Información y Control
Los parlamentarios pueden recabar de la Administración la información y documentación que precisen (Art. 109 CE). A partir de esta información, pueden emitir juicios críticos sobre la actividad gubernamental, comparándola con el programa de la oposición y trasladando tales juicios a la opinión pública.
Las Cámaras también pueden solicitar la presencia de miembros del Gobierno para que realicen determinados informes y se sometan a preguntas y observaciones de los parlamentarios (Art. 110 CE).
Una especial trascendencia política tiene el llamado Debate sobre el Estado de la Nación, regulado en los artículos 196 y 197 del Reglamento del Congreso.
B. Las Preguntas
Debe reservarse en el orden del día de cada Pleno de las Cámaras un tiempo mínimo para preguntas e interpelaciones. Las preguntas versan sobre hechos determinados.
- Si son por escrito, el Gobierno tiene 20 días para contestar.
- Si son orales, pueden realizarse en Comisión o en el Pleno y dar lugar a un pequeño debate.
C. Las Interpelaciones
Son orales, se presentan ante el Pleno de la Cámara y tratan sobre la política general del Ejecutivo. Después de la intervención del interpelante y la respuesta del Gobierno, los otros grupos parlamentarios pueden intervenir para fijar posiciones. Al final, pueden dar lugar a propuestas de moción que deben aprobarse por el Pleno.
D. Las Comisiones de Investigación
Reguladas en el Art. 76.1 CE, pueden formarse a propuesta de:
- El Gobierno.
- La Mesa.
- Un Grupo Parlamentario.
- Un quinto de los miembros de la Cámara.
Su constitución es aprobada por la mayoría del Pleno, a diferencia de otros países europeos (como Alemania u Holanda), donde el 25% puede aprobar su constitución.
Características de las Comisiones de Investigación
- Tienen carácter temporal y versan sobre cualquier asunto de interés público.
- Los ciudadanos, funcionarios y cargos públicos están obligados a asistir (la inasistencia constituye delito de desobediencia).
- Las conclusiones se aprueban por mayoría del Pleno de la Cámara.
- Las conclusiones no son vinculantes para los tribunales, pero pueden remitirse al Ministerio Fiscal si existe sospecha de delito.