Modalidades de Contratos Laborales en España: Guía Completa
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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MODALIDADES DE CONTRATOS
Contratos Formativos
Estos contratos tienen como objetivo la formación y la práctica profesional del trabajador.
- Para formación y aprendizaje: Su objetivo es cualificar al trabajador alternando tiempo de trabajo remunerado con formación teórica.
Requisitos
- Edad entre 16 y 25 años.
- No poseer una titulación de Formación Profesional (FP) o universitaria.
- No haber trabajado antes en ese puesto.
Duración
- Mínimo de un año y máximo de 3 años.
- Al finalizar la duración máxima, se puede realizar otro contrato en otro puesto para continuar la formación.
- Se interrumpe la duración por: baja laboral, maternidad, paternidad, etc., salvo pacto entre las partes.
- No puede ser: a tiempo parcial, realizar horas extras ordinarias, a turnos ni nocturnos.
Periodo de Formación
- 1º año: 75% trabajo y 25% formación.
- 2º y 3º año: 85% trabajo y 15% formación.
- El curso de formación puede realizarse en un centro formativo, en la empresa o a través de una ETT.
- El momento de realización se pactará entre la empresa y el trabajador, pudiendo concentrarse en un periodo específico.
Retribución
- Por convenio, no inferior al 75-85% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Contrato en prácticas: Su objetivo es facilitar la práctica profesional de una titulación de FP o universitaria mediante un trabajo remunerado.
Requisitos
- Poseer título de FP, universidad o certificado de profesionalidad.
- Hasta 5 años desde la finalización de los estudios.
- Desde 2013, para jóvenes menores de 30 años no existe el límite de 5 años desde la finalización de los estudios.
Duración
- Mínimo 6 meses, máximo 2 años.
- Si la duración es inferior a 2 años, se permiten un máximo de 2 prórrogas de mínimo 6 meses cada una.
- La duración se puede interrumpir por diferentes motivos.
- Periodo de prueba: 1 mes para los demás grupos profesionales y 2 meses para técnicos titulados y personal de alta dirección.
Retribución
- Se pacta en convenio o contrato.
- No puede ser inferior al 60% del salario de un trabajador de la misma categoría durante el primer año, ni al 75% durante el segundo año.
- Los convenios colectivos pueden mejorar estos porcentajes.
Contratos Temporales
Están diseñados para cubrir necesidades temporales de la empresa.
- Por obra o servicio: Para la realización de una obra o servicio determinado con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.
- Eventual: Para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.
- Interinidad: Para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo.
- Primer empleo joven: Modalidad desaparecida en la actualidad.
Contratos a Tiempo Parcial
Permiten trabajar menos horas de las habituales en la jornada completa.
- A tiempo parcial común: Con un número de horas diarias o semanales inferior a la jornada completa.
- De relevo: Para sustituir a un trabajador que se ha jubilado parcialmente.
- Fijos-discontinuos: Para trabajos de temporada o que se repiten en determinados periodos del año.
Contratos Indefinidos
No tienen una duración determinada.
- Indefinido ordinario: Sin una duración determinada.
- Indefinido de apoyo a emprendedores: Modalidad con bonificaciones para la contratación de trabajadores.
NUEVAS FORMAS FLEXIBLES DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
El Autónomo Económicamente Dependiente
Trabaja principalmente para una sola empresa y tiene una gran dependencia económica de esta, limitando su autonomía como trabajador autónomo.
Teletrabajo
No exige presencia física en el lugar de trabajo y utiliza las nuevas tecnologías de la información y la comunicación como herramienta principal. Admite dos modalidades de contratación: contrato laboral con cláusula de trabajo a distancia o contrato mercantil como autónomo.