El Modelo de Jurisdicción Constitucional Concentrada según Kelsen

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Jurisdicción Constitucional Concentrada: La Visión de Hans Kelsen

Hans Kelsen sostiene que el poder de examinar la constitucionalidad de las leyes, y la facultad de invalidar preceptos inconstitucionales, es concedido como función exclusiva a un Tribunal Constitucional específico. Mientras tanto, los tribunales de justicia solo tienen el derecho de solicitar al Tribunal Constitucional que examine o analice aquellas leyes que deben aplicar y que consideran contrarias a la Constitución.

Kelsen y el Sistema Europeo de Justicia Constitucional

La primera diferencia fundamental respecto del modelo americano radica en su carácter artificial, enfocado en el control de la decisión política del constituyente. Esta decisión consiste en incorporar el control de constitucionalidad como una función constitucional específica.

Factores Determinantes del Modelo

Existen tres factores principales que impulsan este modelo:

  1. El Sufragio Universal del Siglo XX: La conformación de un auténtico sistema democrático implica un sistema heterogéneo desde el punto de vista social. Dado que todo el mundo está representado y, en última instancia, existe una desconfianza mutua entre las partes, surge la exigencia de una garantía de que el pacto constituyente no será desvirtuado por futuras mayorías parlamentarias. Esto genera la necesidad de garantizar la Constitución frente a la ley (Cuestión de constitucionalidad de ley).
  2. La Existencia de Derechos Fundamentales: Estos derechos, conseguidos con gran esfuerzo para ser constitucionalizados, también exigen garantías. Este factor se traduce en la necesidad de garantizar la efectividad de los derechos fundamentales (Recursos de amparo).
  3. Distribución Territorial del Poder: La aparición y distribución territorial del poder entre un poder central y poderes periféricos (Comunidades Autónomas, en el contexto español) hace necesaria la existencia de un árbitro para resolver posibles conflictos. Esta es la Función del Tribunal Constitucional de servir de árbitro.

Particularidades del Modelo Kelseniano frente al Americano

Kelsen introduce distinciones clave sobre el modelo americano:

Punto de Vista Estructural u Organizativo

  • Kelsen plantea el control judicial concentrado en un único órgano: el Tribunal Constitucional. A este órgano se remitirán jueces y tribunales para que decidan la cuestión de inconstitucionalidad.

Punto de Vista Normativo

  • Las sentencias que declaran la inconstitucionalidad tendrán efecto erga omnes, afectando a todos los ciudadanos y no solo a las partes en el proceso.
  • Cuando una ley es declarada inconstitucional por la sentencia, esta ley es considerada inválida y inaplicable desde ese momento.

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