Modificaciones Contractuales y Causas de Extinción Laboral: Un Resumen Esencial
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Modificaciones Contractuales y Causas de Extinción Laboral
I. Modificación Sustancial del Contrato de Trabajo
Una modificación sustancial afecta a elementos muy importantes del contrato, generalmente por razones legales o estructurales. Estas modificaciones afectan a elementos esenciales del contrato, tales como:
- Salario
- Turno
- Horario
II. Movilidad Funcional
Se refiere a los cambios de funciones que puede experimentar el trabajador:
- Movilidad Horizontal: Cambio de funciones dentro del mismo grupo profesional.
- Movilidad Vertical: Cambio ascendente o descendente de funciones.
III. Movilidad Geográfica
Implica un cambio de centro de trabajo que obliga al trabajador, de forma definitiva o temporal, a residir en una localidad distinta.
A. Desplazamiento
Cuando el cambio no es mayor de 12 meses en un periodo de 3 años.
B. Traslado
Se produce cuando:
- Se cambia el domicilio de forma definitiva.
- El cambio es superior a 12 meses en un periodo de 3 años.
Ante un traslado, el trabajador puede optar por:
- Aceptar el traslado.
- Pedir la extinción del contrato.
- Trasladarse e impugnar la decisión.
Causas de Extinción del Contrato de Trabajo (Despidos)
IV. Despido Disciplinario
Se fundamenta en el incumplimiento grave o culpable del trabajador.
Causas Comunes:
- Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
- Indisciplina o desobediencia a las órdenes de trabajo.
- Ofensas verbales o físicas al empresario, compañeros o familiares.
- Transgresión de la buena fe o abuso de la confianza.
- Disminución continuada y voluntaria del rendimiento.
- Embriaguez habitual o toxicomanía si repercute negativamente en el trabajo.
- Acoso por origen racial o étnico, religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y acoso sexual.
Procedimiento y Consecuencias:
- Procedimiento: Se debe notificar mediante carta indicando las causas detalladas y la fecha efectiva del despido. No requiere preaviso.
- Consecuencias: No genera derecho a indemnización. Incluye finiquito y acceso a prestación por desempleo (paro).
V. Despido por Causas Objetivas
Se basa en causas imputables al trabajador o a la empresa, pero no necesariamente por falta grave.
Causas:
- Ineptitud del trabajador conocida después del periodo de prueba.
- Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas del puesto de trabajo (trascurridos 2 meses).
- Amortización de puestos de trabajo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción (en número inferior al despido colectivo).
- Faltas de asistencia justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en 2 meses consecutivos o el 25% en 4 meses discontinuos, dentro de un periodo de 12 meses.
Procedimiento y Consecuencias:
- Procedimiento: Debe comunicarse por escrito, con un preaviso de 15 días, indicando la causa.
- Consecuencias: Indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Se concede 6 horas semanales para la búsqueda de empleo durante el preaviso. Incluye finiquito y paro.
VI. Despido Colectivo (ERE)
Se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que afectan a un número significativo de trabajadores.
Umbrales Mínimos de Afectación:
- Empresas con menos de 100 trabajadores: Afectar al menos a 10 empleados.
- Empresas con entre 100 y 300 trabajadores: Afectar al 10% de la plantilla.
- Empresas con más de 300 trabajadores: Afectar al menos a 30 empleados.
Procedimiento y Consecuencias:
- Procedimiento: Apertura de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
- Consecuencias: Indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Incluye finiquito y paro.