Modificaciones sustanciales, movilidad y permisos laborales: derechos y tipos de suspensión
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Modificaciones sustanciales
Modificaciones sustanciales: económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Características
Las modificaciones sustanciales tienen incidencia en:
- El horario y la jornada de trabajo.
- El régimen de trabajo a turnos.
- El sistema de remuneración.
- El sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones que no correspondan a la categoría profesional.
Opciones del trabajador
- Pedir la rescisión del contrato.
- Solicitar al juez la resolución del contrato.
Movilidad funcional
Tipos
- Horizontal: Corresponde al mismo grupo profesional. El empresario puede decidir las modificaciones; el trabajador debe aceptar el cambio obligatoriamente y seguirá percibiendo la misma retribución.
- Vertical: Se encomiendan funciones de un grupo profesional que no corresponden con el suyo, por razones técnicas u organizativas.
Efectos sobre el trabajador
- Descendente: Tiene derecho a seguir percibiendo el salario de origen.
- Ascendente: Derecho a solicitar la retribución del grupo profesional superior.
Movilidad geográfica
Desplazamiento
Desplazamiento: Cambio temporal a otro centro de trabajo por un tiempo no superior a 12 meses durante un periodo de 3 años. Debe comunicarse al trabajador con antelación. El trabajador puede aceptar los términos.
Traslado
Traslado: Supone trabajar en otro centro que exige cambiar de domicilio de forma definitiva. Se debe comunicar el traslado con una antelación de 30 días. El trabajador debe aceptar el traslado; corresponde compensación por sus gastos y por la afectación a la familia.
Suspensión del trabajo
Con reserva
Con reserva: Excedencia forzosa; ejercicio de cargo público representativo; privación de la libertad; incapacidad temporal; incapacidad permanente; ejercicio del derecho a la huelga; suspensión disciplinaria de empleo.
Sin reserva
Sin reserva: Mutuo acuerdo; causas establecidas en el contrato; excedencia voluntaria.
Antigüedad.
Suspensión por fuerza mayor
Fuerza mayor: Procedimiento de tramitación en el que se debe aportar los medios de prueba que se consideren necesarios.
Excedencias, motivos familiares y conciliación
Excedencias por motivos familiares
Excedencias (motivos familiares):
- Atender el cuidado de un hijo (hasta 3 años).
- Cuidado de un familiar por un periodo (2 años).
Suspensión por conciliación familiar y laboral
Maternidad: 16 semanas interrumpidas de suspensión, más 2 semanas adicionales si hay dos hijos.
Adopción: 6 años cuando se trate de personas con discapacidad.
Riesgo durante el embarazo: Situaciones que puedan perjudicar al feto o a la madre.
Permiso de paternidad: 3 días por nacimiento.