Movilidad Funcional, Traslados, Despidos y Suspensiones Laborales en España
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Movilidad Funcional, Traslados y Despidos
Movilidad Funcional
El trabajador puede ser sometido a movilidad funcional, es decir, realizar funciones distintas a aquellas para las cuales fue contratado. Si el cambio es dentro de su grupo profesional, la empresa puede realizar la movilidad funcional sin necesidad de alegar causa alguna. Si es fuera de su grupo profesional, deben existir razones técnicas, organizativas o de producción que la justifiquen por el tiempo imprescindible. Si el cambio es a una categoría inferior, se requieren razones preventivas e imprescindibles.
El trabajador no puede negarse a la movilidad funcional sin que se considere un incumplimiento del contrato. Si se niega, se extinguirá la relación laboral, pudiendo ser despedido.
Traslados y Desplazamientos
El traslado supone el cambio definitivo del trabajador a otro centro de trabajo, que exige cambio de residencia. El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
El desplazamiento es el cambio temporal a otro centro de trabajo que no exceda de 12 meses en un periodo de 3 años. Si nos negamos a un traslado, se puede extinguir la relación laboral.
- Preaviso de traslado: 30 días antes de producirse.
- Preaviso de desplazamiento: 5 días antes de producirse.
Suspensión del Contrato
Causas de suspensión del contrato de trabajo:
- Mutuo acuerdo
- Causas consignadas en el contrato
- Incapacidad temporal
- Maternidad, adopción o acogimiento
- Ejercicio de cargo público
- Privación de libertad
- Suspensión de empleo y sueldo
- Fuerza mayor
- Derecho a huelga
- Cierre legal de la empresa
Periodo de Maternidad/Adopción
- Parto: 16 semanas (6 semanas posteriores al parto y las 10 restantes de libre disposición entre la madre y el padre, si ambos trabajan).
- Adopción: 16 semanas a disfrutar por el padre o la madre si ambos trabajan.
Despidos
La dimisión supone la extinción del contrato de trabajo sin derecho a indemnización. En este caso, el trabajador preavisa al empresario. El abandono, por otro lado, ocurre cuando el trabajador deja su puesto de trabajo sin avisar, lo que supone un prejuicio para la empresa.
El despido procedente se produce cuando existe una causa legal para el despido por parte del empresario. El trabajador queda en situación de desempleo y sin derecho a indemnización. Un ejemplo de despido procedente es el despido disciplinario, como cuando un trabajador es despedido por trabajar por cuenta ajena mientras se encontraba de baja por enfermedad.
El despido verbal se considera improcedente, ya que el empresario debe notificar el despido por escrito.
Finiquito
El finiquito es el documento que se entrega al trabajador cuando termina su contrato. Consta de:
- Importe impagado del mes que no ha cobrado
- Importe de pagas extras no cobradas
- Importe de vacaciones no disfrutadas
- Indemnización (si corresponde)