Movilidad laboral y extinción del contrato: aspectos clave

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Movilidad laboral

MOV dentro del grupo profesional: la empresa puede cambiar al trabajador de un puesto a otro dentro del grupo profesional, puede tener una duración indefinida o temporal, la retribución es sobre el puesto real en el que trabajas.

MOV fuera del grupo profesional: debe existir una causa y se realiza por el tiempo imprescindible. Tipos 2: Ascendente: ascenso temporal cobrando las funciones superiores (6 meses un año 78 meses dos años puede solicitar ascenso). Descendente: bajar de grupo profesional se mantiene la retribución que tenía.

Movilidad geográfica: posibilidad de cambiar de centro de trabajo con un cambio además de residencia cuando exista razón, si el cambio no exige cambio de residencia el empresario puede trasladar al trabajador.

TRASLADO

30 días de antelación. 3 Opciones: aceptar traslado, recurrir traslado, extinguir contrato.

Modificación condiciones del trabajo

Materias a modificar: jornada, horario, trabajo a turnos, sistema de retribución y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, movilidad funcional extraordinaria.

Modificación individual: notificar con 15 días, 1-aceptar, 2-recurrir, 3-extinguir el contrato indemnización de 20 días por 270 días de máximo, 4-menoscabo en dignidad extinción del contrato y indemnización de 33 días por año máximo 720 días.

Modificación colectiva: primero se da un periodo de consulta de máximo 15 días con los representantes de trabajadores una vez finaliza a los 7 días ya tiene efecto la modificación.

Suspensión del contrato

1-maternidad, paternidad, adopción, 2-por riesgo con el embarazo o lactancia, 3-excedencia, 4-causas objetivas, 5-fuerza mayor, 6-huelga...

Extinción del contrato

POR EL TRABAJADOR: dimisión, se va voluntariamente debe preavisar, abandono: deja de ir al trabajo sin avisar, (en ninguno se cobra indemnización.

POR LA EMPRESA: despido disciplinario (faltas de asistencia puntualidad, ofensas verbales, embriaguez, acoso.... despido por causas objetivas: ineptitud del trabajador, falta de adaptación, falta de asistencia finalizar contrata pública, amortizar puestos de trabajo.

Despido colectivo: abrir periodo de consultas, comunicación a la autoridad laboral

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