Negociación Colectiva y Conflictos Laborales

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CONFLICTO DE INTERESES Y VÍAS DE NEGOCIACIÓN

Los intereses de trabajadores y empresarios son diversos y, por tanto, pueden conllevar un cierto grado conflictividad. Por ello, existen canales que posibilitan la existencia de negociaciones y acuerdos. La ley garantiza el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.

Representantes de los trabajadores

Según el tamaño de la empresa LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES se agrupan en:
  • Delegados de personal: son los representantes de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo que tienen entre 10 y 50 trabajadores
  • Comité de empresa: es el órgano colegiado representativo del conjunto de trabajadores de las empresa que tienen 50 ó más trabajadores.
  • Los sindicatos: son organizaciones de trabajadores que tratan de defender sus intereses y de mejorar sus condiciones laborales. Actúan de portavoces y negociadores de los trabajadores en relación con la patronal y con el Gobierno

Representación de la empresa

La REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA es la patronal, que es un colectivo de empresarios que se organizan para defender los intereses del grupo. Actúan de portavoces y negociadores con los sindicatos y el Gobierno.

Negociación colectiva y convenios colectivos

Las organizaciones que representan a los trabajadores (sindicatos) y las que representan a los empresarios (patronal) se reúnen periódicamente en la llamada negociación colectiva para regular las condiciones laborales. En esas reuniones se llegan a acuerdos denominados CONVENIOS COLECTIVOS. Estos se definen como los acuerdos entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios para fijar las condiciones de trabajo en un ámbito laboral determinado y cuyo cumplimiento es obligatorio por ambas partes. Se regulan los aspectos económicos (salario, horas extraordinarias, peligrosidad, antigüedad, etc) y aspectos laborales (jornada de trabajo, descansos semanales, vacaciones, seguridad laboral, etc)

Conflictos laborales

El conflicto colectivo se da cuando empresarios y trabajadores discrepan en la interpretación del convenio o cuando surgen conflictos de intereses (como un cambio en la duración de la jornada de trabajo.)

Resolución de conflictos

La manera pacífica más habitual de solucionar conflictos es a través de unas comisiones donde aparece un intermediario entre ambas partes que propone una solución (mediación), impone una solución (arbitraje) o trata de aproximar a las partes creando un clima de entendimiento (conciliación). Cuando no se llega a un acuerdo, el trabajador puede ejercer su derecho a huelga como medida de presión. Durante la huelga se suspenden las obligaciones del trabajador y el empresario (trabajar y remunerar el trabajo). Por su parte, el empresario podrá adoptar el cierre patronal como medida en caso de conflicto colectivo, cuando considere que pueden verse dañadas sus instalaciones como consecuencia de revueltas y manifestaciones poco pacíficas de los trabajadores podrá decretar el cierre del centro de trabajo. Durante ese tiempo, el trabajador no irá a trabajar y el empresario no tendrá que remunerarles.

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