Normas autónomas y heteronomas

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-Sociedad.- Pluralidad de seres que agremiados conviven para la realización de fines comunes.
-Derecho.- Conjunto de normas que establecen reglas de conducta a los individuos, a fin de que estos hagan o dejen de hacer determinada cosa.
-Normas jurídicas.- Son normas establecidas y sancionadas por el Edo. Emanadas del Poder Legislativo y deben de ser generales, abstractas e impersonales, se caracteriza por ser: heterónoma, bilateral, externa y coercible
-Normas Morales.- Unilaterales, internas, incoercibles y autónomas.
-Normas Religiosas.- Unilaterales, internas, incoercibles y heterónomas
-Normas Sociales.- Unilaterales, externas, incoercibles y heterónomas.
-Heterónoma.- Son creadas por un sujeto diverso a aquel a quien se va a aplicar.
-Bilateral.- Cuando al mismo tiempo que impone deberes a uno, concede facultades a otro.
-Externa.- No le interesa la intención del individuo, le interesa que cumpla la norma de derecho, independientemente de si está o no de acuerdo con ella.
-Coercible.- Se refiere a que en caso de inobservancia de la ley, el sujeto obligado puede ser forzado a cumplir por el Edo. Utilizando su poder soberano.
-Derecho objetivo.- Es un conjunto de normas jurídicas, es la norma en sí misma, prevista por la ley.
-Derecho subjetivo.- Facultad que reconoce el estado al individuo para realizar actos jurídicos.
-Derecho natural.- Orden intrínsecamente justo, mismo que existe al lado del derecho vigente y del positivo, se basa en la naturaleza intrínseca del ser humano.
-Derecho vigente.- Conjunto de normas imperativo-atributivas que en una cierta época y en un país determinado la autoridad política declara obligatoria

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