Normas jurídicas individualizadas

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Norma Jurídica: Artículos de una ley que contienen en cada párrafo una concreta norma jurídica. En toda norma jurídica existen 2 partes: 1. Supuesto de hecho: Previsión hipotética respecto de una posible realidad futura. 2.Consecuencia Jurídica: Producido el supuesto de hecho, la consecuencia jurídica no adviene sin mas, debe haber un juicio primero. Disposición legal: Manifestación de un mandato normativo, no siempre dirigido a la generalidad de las personas. Existen disposiciones legales que no contienen normas jurídicas (decreto) que son para una persona en concreto. Costumbre: Norma jurídica no escrita aceptada como tal por toda la colectividad o por una parte determinada de ella bien territorial o bien sectorial. Fuentes del derecho: 1. Fuentes formales: distintas expresiones de las normas jurídicas. 2.Fuentes materiales:Actores o creadores de la norma. El gobierno puede dictar: Decreto-Ley: Normas jurídicas con fuerza de ley. Hay un requisito muy importante para dictar un decreto-ley. Debe existir una situación de extraordinaria y urgente necesidad. Ej: Huelga controladores aéreos. Decreto Legislativo: Las cortes pueden delegar en el Gobierno dictar normas jurídicas con rango de ley por ejemplo mediante una ley de bases o una ley ordinaria. La delegación debe ser expresa y limitada al objeto de la misma.

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