Normativa de dispensación de recetas y medicamentos en farmacia: requisitos, visado y控制 de psicótropos y estupefacientes
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Dispensación de recetas y medicamentos en la farmacia
Recetas oficiales
En primera receta:
- Vía parenteral: hasta 4 envases dispensables.
- Vía oral: hasta 2 envases dispensables.
- Excepciones: J01E, J01M y J01R: solo 1 envase, aunque sean de vía parenteral u oral.
Medicamentos no sustituibles
Se consideran no sustituibles, entre otros:
- Acenocumarol (Sintrom) – corazón / anticoagulante
- Digoxina – corazón
- Warfarina (Coumadin) – anticoagulante
- Levotiroxina – tiroides
Pendiente de ECM: talidomida, Estrundol (Strundol), clozapina.
Visado en la receta médica
El visado es el acto a través del cual la Inspección de los Servicios Sanitarios del INSALUD autoriza la utilización de determinados medicamentos y productos farmacéuticos, siendo el cupón precinto de aseguración de rango un control sanitario especial. Los medicamentos que necesitan visado llevan cupón precinto diferenciado.
La fecha de visado debe ser igual o anterior a la fecha de dispensación.
Deben ir provistos de visado:
- Medicamentos de diagnóstico
- Medicamentos de ECM
- Vacunas antialérgicas y vacunas bacterianas individualizadas
- Antipsicóticos para mayores de 7 años
- Absorbentes para incontinencia urinaria
- Medias terapéuticas
Falta de datos en la receta
Cuando falten:
- Forma farmacéutica, dosis por unidad, vía de administración, formato o presentación: siempre debe garantizarse su identificación y avalarse con la firma del farmacéutico. Si no viene la dosis, se dispensará siempre la dosis + pauta.
- Fecha de prescripción: si no han transcurrido 10 días, el farmacéutico realizará la diligencia y la avalará con su firma.
- Duración del tratamiento y posología: cuando el usuario esté informado, el farmacéutico realizará la diligencia y la dispensación.
Dispensación de psicótropos
No llevan receta especial ni visado. Se utiliza receta ordinaria y se anota en el libro recetario.
- Lista 1 (prohibidos): LSD, mescalina
- Lista 2: anfetaminas, fenitilina
- Lista 3: alprazolam, diazepam
- Lista 4: lorazepam, lormetazepam
Características de la dispensación de psicótropos
- Con receta médica
- Un solo medicamento por receta
- Un solo envase por receta
- Anotar el DNI de la persona que lo retira
- Anotar en el libro recetario
- Conservar la receta durante 2 años, de las que se pagan íntegras
- Las sustancias psicotrópicas solo pueden dispensarse como fórmula magistral, en receta médica y dentro de un plazo de 10 días desde la fecha de prescripción
- Anotación en el libro oficial de contabilidad de estupefacientes de las sustancias psicotrópicas utilizadas en la preparación de fórmulas magistrales
Dispensación de estupefacientes
- Lista 1: receta oficial + receta ordinaria (cocaína, metadona, opio)
- Listas 2 y 3: no requieren receta especial, sino receta ordinaria (codeína, fulcodina)
- Lista 4 (prohibido): heroína
Características de la dispensación de estupefacientes
- Un solo medicamento por receta
- Anotar el DNI de la persona que lo retira
- Anotar entradas, salidas y existencias en el libro de contabilidad de estupefacientes
- Periódicamente se envían a la Consejería de Sanidad las recetas dispensadas
- Número máximo de envases: 4
- En la asistencia sanitaria privada solo se precisa la receta oficial de estupefacientes