Normativa de dispensación de recetas y medicamentos en farmacia: requisitos, visado y控制 de psicótropos y estupefacientes

Clasificado en Francés

Escrito el en español con un tamaño de 3,88 KB

Dispensación de recetas y medicamentos en la farmacia

Recetas oficiales

En primera receta:

  • Vía parenteral: hasta 4 envases dispensables.
  • Vía oral: hasta 2 envases dispensables.
  • Excepciones: J01E, J01M y J01R: solo 1 envase, aunque sean de vía parenteral u oral.

Medicamentos no sustituibles

Se consideran no sustituibles, entre otros:

  • Acenocumarol (Sintrom) – corazón / anticoagulante
  • Digoxina – corazón
  • Warfarina (Coumadin) – anticoagulante
  • Levotiroxina – tiroides

Pendiente de ECM: talidomida, Estrundol (Strundol), clozapina.

Visado en la receta médica

El visado es el acto a través del cual la Inspección de los Servicios Sanitarios del INSALUD autoriza la utilización de determinados medicamentos y productos farmacéuticos, siendo el cupón precinto de aseguración de rango un control sanitario especial. Los medicamentos que necesitan visado llevan cupón precinto diferenciado.

La fecha de visado debe ser igual o anterior a la fecha de dispensación.

Deben ir provistos de visado:

  • Medicamentos de diagnóstico
  • Medicamentos de ECM
  • Vacunas antialérgicas y vacunas bacterianas individualizadas
  • Antipsicóticos para mayores de 7 años
  • Absorbentes para incontinencia urinaria
  • Medias terapéuticas

Falta de datos en la receta

Cuando falten:

  • Forma farmacéutica, dosis por unidad, vía de administración, formato o presentación: siempre debe garantizarse su identificación y avalarse con la firma del farmacéutico. Si no viene la dosis, se dispensará siempre la dosis + pauta.
  • Fecha de prescripción: si no han transcurrido 10 días, el farmacéutico realizará la diligencia y la avalará con su firma.
  • Duración del tratamiento y posología: cuando el usuario esté informado, el farmacéutico realizará la diligencia y la dispensación.

Dispensación de psicótropos

No llevan receta especial ni visado. Se utiliza receta ordinaria y se anota en el libro recetario.

  • Lista 1 (prohibidos): LSD, mescalina
  • Lista 2: anfetaminas, fenitilina
  • Lista 3: alprazolam, diazepam
  • Lista 4: lorazepam, lormetazepam

Características de la dispensación de psicótropos

  • Con receta médica
  • Un solo medicamento por receta
  • Un solo envase por receta
  • Anotar el DNI de la persona que lo retira
  • Anotar en el libro recetario
  • Conservar la receta durante 2 años, de las que se pagan íntegras
  • Las sustancias psicotrópicas solo pueden dispensarse como fórmula magistral, en receta médica y dentro de un plazo de 10 días desde la fecha de prescripción
  • Anotación en el libro oficial de contabilidad de estupefacientes de las sustancias psicotrópicas utilizadas en la preparación de fórmulas magistrales

Dispensación de estupefacientes

  • Lista 1: receta oficial + receta ordinaria (cocaína, metadona, opio)
  • Listas 2 y 3: no requieren receta especial, sino receta ordinaria (codeína, fulcodina)
  • Lista 4 (prohibido): heroína

Características de la dispensación de estupefacientes

  • Un solo medicamento por receta
  • Anotar el DNI de la persona que lo retira
  • Anotar entradas, salidas y existencias en el libro de contabilidad de estupefacientes
  • Periódicamente se envían a la Consejería de Sanidad las recetas dispensadas
  • Número máximo de envases: 4
  • En la asistencia sanitaria privada solo se precisa la receta oficial de estupefacientes

Entradas relacionadas: