Normativa y Procedimientos Clave en la Auditoría de Estados Financieros

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Revisión de control de calidad del encargo

La revisión de control de calidad del encargo es un proceso diseñado para evaluar de forma objetiva, en la fecha del informe o con anterioridad a ella, los juicios significativos realizados por el equipo del encargo y las conclusiones alcanzadas a efectos de la formulación del informe.

Este proceso es aplicable exclusivamente a las auditorías de estados financieros de entidades cotizadas y, en su caso, a aquellos otros encargos de auditoría para los que la firma haya determinado que se requiere dicha revisión.

Asignación de equipos en la auditoría

Al considerar la competencia y capacidad apropiadas del equipo del encargo en su conjunto, el socio encargado debe evaluar los siguientes aspectos:

  • Experiencia práctica: Conocimiento en encargos de auditoría de naturaleza y complejidad similares, mediante formación y participación adecuadas.
  • Marco normativo: Conocimiento de las normas profesionales y de los requerimientos legales y reglamentarios aplicables.
  • Especialización técnica: Incluida la relativa a la tecnología de la información (TI) y áreas especializadas de contabilidad o auditoría.
  • Conocimiento sectorial: Entendimiento de los sectores relevantes en los que el cliente desarrolla su actividad.
  • Juicio profesional: Capacidad demostrada para aplicar el juicio profesional en situaciones complejas.
  • Políticas internas: Conocimiento de las políticas y procedimientos de control de calidad de la firma de auditoría.

Resolución de diferencias de opinión

Si surgen diferencias de opinión dentro del equipo del encargo, con las personas consultadas o entre el socio del encargo y el revisor de control de calidad, el equipo deberá aplicar las políticas y procedimientos de la firma para el tratamiento y la resolución formal de dichas discrepancias.

Contenido esencial de la carta de encargo de auditoría

Además de las cuestiones requeridas por la normativa vigente, la carta de encargo debe incluir, entre otros, los siguientes puntos:

  • La forma de comunicación de los resultados del encargo.
  • El reconocimiento de las limitaciones inherentes a la auditoría y al control interno, y el riesgo inevitable de no detectar incorrecciones materiales.
  • Planes de planificación y ejecución, incluyendo la composición del equipo.
  • Expectativa de recibir manifestaciones escritas de la dirección.
  • Acuerdo de la dirección para facilitar borradores de estados financieros e información complementaria con antelación.
  • Compromiso de la dirección de informar sobre hechos posteriores que afecten a los estados financieros.
  • Base de cálculo de honorarios y acuerdos de facturación.
  • Solicitud de acuse de recibo y aprobación de los términos del encargo por parte de la dirección.
  • Acuerdos sobre la participación de otros auditores o expertos, cuando proceda.

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