Normativa y Requisitos para la Cría de Gallinas Camperas y Ecológicas

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Gallinas camperas

Las gallinas deben tener acceso al parque exterior durante todo el día, aunque puede restringirse temporalmente por la mañana por motivos de manejo.

En caso de restricciones sanitarias o veterinarias, los huevos pueden seguir vendiéndose como camperos durante un máximo de 12 semanas. Las trampillas de salida deben medir al menos 35 cm de alto y 40 cm de ancho, con una anchura total mínima de 2 m por cada 1.000 gallinas, distribuidas a lo largo de la nave.

Los espacios exteriores deben tener una superficie adecuada, evitar la contaminación y contar con refugios, protección frente a depredadores y, si es necesario, bebederos.

Requisitos de espacio y densidad

  • Densidad máxima: 4 m² por gallina (o 2.500 gallinas por hectárea).
  • Vegetación: Los parques deben estar cubiertos mayoritariamente de vegetación y dedicarse únicamente a usos autorizados (frutales, forestales o pastos).
  • Rotación: Si se dispone de al menos 10 m² por gallina y se practica la rotación, cada cercado debe ofrecer al menos 2,5 m² por gallina.
  • Distancia: La distancia máxima entre el parque y la nave es de 150 m, ampliable a 350 m si existen refugios distribuidos uniformemente (4 refugios por hectárea).

Los refugios sirven para proteger a las gallinas de la intemperie y de depredadores cuando se encuentran alejadas de la nave.

Gallinas ecológicas

Condiciones de alojamiento

  • Densidad máxima: 6 gallinas/m².
  • Instalaciones: 18 cm de aseladero por ave.
  • Nidos: 7 gallinas ponedoras por nido o, si se trata de un nido común, 120 cm² por ave.
  • Capacidad: Un máximo de 3.000 gallinas por gallinero.

Gestión del terreno y carga ganadera

  • Parque exterior: Mínimo de 4 m²/gallina en rotación o 2.500 gallinas/ha.
  • Límite de nitrógeno: La carga ganadera total no debe rebasar el límite de 170 kilogramos de nitrógeno anuales por hectárea de superficie agrícola.
  • Equivalencia: El número de unidades de ganado equivalente al límite mencionado es de 230 gallinas/ha. En los casos en que se supere esa densidad, se debe retirar la gallinaza excedente de la explotación para su uso en fincas agrícolas ecológicas.
  • Certificación: El terreno que comprende el parque debe estar declarado en producción ecológica. Si no está declarado como tal, entraría en un periodo de reconversión (en pradera, 1 año) o, si se realiza un análisis de la tierra que demuestre que no ha habido tratamientos químicos en este periodo, se puede reducir a 6 meses.

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