Obligación jurídica: concepto y elementos en el derecho romano y moderno
El concepto de obligación
Introducción y etimología
Los juristas romanos hablaban de obligatio, que tenía dos sentidos en uno: significaba tanto crédito como deuda. Es decir, la relación de dos sujetos en la cual uno de ellos le puede exigir al otro una determinada conducta. El sujeto activo o acreedor y el sujeto pasivo o deudor. La obligación, por tanto, es un término dual. Desde el punto de vista del patrimonio, el acreedor tiene un derecho de crédito que ingresa a su patrimonio y el deudor una deuda que actúa como pasivo de su patrimonio.
Sentido amplio de la obligación
La obligación se entiende en términos amplios, tanto del lado activo como del lado pasivo, y no debe confundirse con el uso coloquial de la palabra que la limita simplemente al deber de pagar una deuda.
Componentes básicos
Sujeto activo - conducta o prestación - sujeto pasivo.
Etimología
Obligación viene del latín ob-ligare, que significa ligar o amarrar, y en este sentido, según la cosmovisión romana, implicaba quedar atado el deudor al dominio del acreedor.
Naturaleza de la prestación
El deudor debía hacer algo, realizar una conducta, que según la naturaleza de lo pactado puede consistir en dar algo, hacer o no hacer algo. Así, la obligación puede definirse como:
“El vínculo jurídico entre sujetos, acreedor (crédito) y deudor (debitor), por el cual el acreedor tiene la facultad o derecho de exigir al deudor una determinada conducta o prestación que consiste en dar, hacer o no hacer algo”.
Tipos de prestaciones
- Dar: transferir al acreedor la propiedad u otro derecho real sobre la cosa.
- Hacer: realizar una conducta positiva.
- No hacer (abstención): una conducta negativa, consistente en no realizar cierto acto.
Observación sobre la categoría de "prestar"
Los romanos agregaron otra categoría, prestar, que consiste en dar otros derechos distintos a transferir la propiedad, como el derecho de arrendamiento. No obstante, esta categoría no tiene mayor relevancia para la conceptualización general de la obligación.
Elementos de la obligación
Son tres:
- Vínculo jurídico,
- Sujetos,
- Objeto o prestación.
El vínculo jurídico
El vínculo jurídico es la relación entre sujetos a raíz de una causa que los liga y que se basa en una conducta debida. La causa puede ser un contrato, cuasicontrato, delito o cuasidelito.
Sujetos
Sujeto activo o acreedor: quien puede exigir la prestación de lo debido.
Sujeto pasivo o deudor: quien está obligado a dar, hacer o no hacer algo y, de no hacerlo, puede ser compelido a cumplir o a indemnizar daños o perjuicios.
Objeto de la obligación
El objeto de la obligación es el acto que el deudor debe realizar a favor del acreedor y cuyo cumplimiento puede exigirse por medio de la correspondiente acción. En síntesis, es un dar, hacer o no hacer.
Frase resumen
Sujeto activo — conducta o prestación — sujeto pasivo.