Obligaciones Esenciales en Prevención de Riesgos Laborales: Pasos Clave para la Seguridad
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Planificación de la Prevención de Riesgos
Elaborar un plan de prevención integrado dentro de la organización de la empresa. En este plan se define qué hacer, cómo y con qué recursos, quiénes y cuándo lo van a ejecutar.
Evaluación de Riesgos Laborales
Cuando los riesgos no se pueden evitar, se evalúan para determinar su existencia y magnitud.
- Evaluación inicial y periódica: Se realiza una evaluación inicial y otras periódicas (por cambios en las condiciones de trabajo, daños o indicios de medidas insuficientes).
- Evaluación por puesto: Cada puesto de trabajo debe contar con su evaluación específica.
- Criterios: Los riesgos se evalúan según la probabilidad de ocurrencia y la severidad del daño.
Provisión de Equipos de Trabajo Seguros
La empresa debe proveer equipos de trabajo que sean seguros y establecer las medidas necesarias para su correcta utilización.
Suministro de Equipos de Protección Individual (EPI)
Los EPI deben ser suministrados de forma gratuita por la empresa.
Requisitos y Obligaciones sobre los EPI:
- Se evalúa qué puestos lo necesitan y se realiza una selección adecuada respecto al daño.
- Deben llevar el marcado CE (garantía de calidad en su fabricación).
- Los que protegen de riesgos muy graves llevan un código específico (CE-xxxx).
- Deben contar con la Declaración de Conformidad (documento del fabricante que acredita que el EPI cumple con los requisitos de calidad e instrucciones para su uso correcto).
- Deben estar adaptados y ser ergonómicos para cada trabajador, siendo de uso personal.
- Las empresas deben formar e informar a los trabajadores sobre el uso de los EPI y vigilar que los utilicen.
Elaboración del Plan de Emergencia
- Analizar las actuaciones de emergencia y las medidas de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
- Se debe designar al personal para adoptar esas medidas, el cual debe contar con formación y medios.
- Es necesaria la coordinación con servicios externos (urgencias, bomberos).
Actuación ante Riesgos Graves e Inminentes
- Incluir medidas específicas e informar inmediatamente del riesgo.
- Adoptar medidas y dar instrucciones para la interrupción del trabajo.
- Solo el empresario o el representante de los trabajadores pueden paralizar la actividad.
Información y Formación en Prevención
La empresa debe informar sobre los riesgos generales, los específicos del puesto de trabajo, y las medidas de prevención, protección y emergencia, generalmente a través de un manual de prevención.
Requisitos de la Formación:
- Debe ofrecer formación teórica y práctica, suficiente y adaptada a los riesgos del puesto.
- Se realiza en la contratación, modificación del puesto, cambios en equipos de trabajo o introducción de nuevas tecnologías.
- La formación se realiza dentro de la jornada laboral y se computa como tiempo efectivo de trabajo.
- El trabajador está obligado a participar en la formación.
Consulta y Participación de los Trabajadores
Los representantes tienen derecho a ser consultados y a participar en las decisiones de la empresa relativas a la prevención de riesgos. Esto se realiza a través de los Delegados de Prevención y del Comité de Seguridad y Salud.
Vigilancia de la Salud Laboral
Se deben realizar controles médicos periódicamente.
- Momentos de realización: Inicio de la actividad, reincorporación, ausencia por motivos de salud o finalización de la actividad (cuando aparecen secuelas a largo plazo).
- Solo se realizan las pruebas imprescindibles y necesarias.
- Confidencialidad: Al empresario y a los representantes solo se les comunica la condición de apto o no apto.
- El trabajador puede firmar para no realizarla, salvo que sea obligatorio por ley.
Protección de Colectivos Especialmente Sensibles
Maternidad y Lactancia
- Realizar una evaluación específica de los riesgos a los que está expuesta la trabajadora.
- Determinar en qué puesto puede trabajar exenta de riesgo (en anexos se recoge un listado de agentes y condiciones que entrañan riesgos para el embarazo).
- Se adaptarán las condiciones de trabajo de su puesto o se cambiará de puesto.
- Se prohíbe el trabajo nocturno y el de turnos cuando sea necesario.
- Si no se pueden tomar medidas, el contrato de trabajo queda en suspensión.
Menores y Trabajadores con Discapacidad
- Se deben evaluar los riesgos específicos.
- Los menores no pueden trabajar en tareas peligrosas, tóxicas, nocivas ni en horario nocturno.
Trabajadores Contratados por ETT
Existe una responsabilidad compartida entre la ETT y la empresa usuaria:
- ETT (Empresa de Trabajo Temporal): Obligada a informar de los riesgos y medidas de prevención y protección, formar a los trabajadores en la contratación, vigilar la salud y entregar los EPI.
- Empresa Usuaria: Es responsable de la ejecución del trabajo, e informará a la ETT y a los trabajadores sobre los riesgos y las medidas adoptadas.