Organización de Eventos y Responsabilidad Legal
Tipos de Mesas
- Reservados: Se protocoliza la mesa presidencial y se reserva un número determinado de mesas o filas próximas para invitados especiales.
- Libres: No hay protocolo, ni para invitados ni para presidencia. Los invitados se pueden mover libremente y situarse donde deseen.
Medios de Comunicación en los Eventos
Facilitar el trabajo y ayudar a los medios de comunicación es fundamental para el éxito del evento. Algunas recomendaciones son:
- Habilitar espacios a fotógrafos.
- Facilitar información.
- Preparar un espacio para medios de comunicación.
Proceso Informativo
Conjunto de argumentos comunes y consensuados con los profesionales de comunicación con el fin de explicar de forma clara y concisa qué se pretende transmitir.
Creación de la Oficina de Prensa
- Espacio físico habilitado para que los profesionales de la comunicación puedan trabajar durante el evento.
- Se organiza si el evento dura, como mínimo, un día entero.
- Los periodistas encontrarán toda la información que puedan necesitar.
- Equipamiento: conexión a internet, material de oficina, etc.
- Gabinete de prensa online: espacio interactivo desde el que se facilita el trabajo y la empresa va colgando la información que necesiten.
Organización de la Rueda de Prensa
Evento organizado por la empresa anfitriona para comunicar a los periodistas convocados una determinada información del acontecimiento importante.
Estructura
- Responsable de comunicación: Da la bienvenida y agradece la asistencia a los periodistas.
- Comienza la rueda de prensa con las intervenciones previstas.
- Responsable de comunicación: Da paso a las preguntas.
- Finalizado el turno de preguntas, el responsable de comunicación vuelve a agradecer la asistencia y despide a los periodistas.
Presidencia
- Todos los que ocupen la mesa deben hablar.
- No es recomendable más de tres personas.
- Delante de cada miembro que forme la presidencia, un cartel nominativo visible.
Responsabilidad Civil
Es la obligación de una persona de reparar el daño que ha causado a otra. Tenemos que indemnizar a un tercero al que hemos provocado algún daño de forma involuntaria. (art 1902)
Responsabilidad Penal
Es la consecuencia jurídica derivada de la comisión de un hecho tipificado en una ley penal por un sujeto imputable, y siempre que dicho hecho sea contrario al orden jurídico, es decir, sea antijurídico; además de punible. Todas aquellas acciones humanas que lesionen o generen un riesgo de lesión a un bien jurídicamente protegido por el ordenamiento jurídico. (art 116, 153)