Organización de la Prevención de Riesgos Laborales y Gestión de la Siniestralidad
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Organización de la prevención en la empresa
Se refiere tanto a la opción que toma la empresa entre las diversas modalidades para organizar las actividades y recursos en materia de prevención, como a la participación de los trabajadores.
Modalidades de organización de la empresa
Según la LPRL (Ley de Prevención de Riesgos Laborales), las empresas pueden optar entre varias modalidades para organizar la prevención:
- Asunción de tal actividad de manera personal por parte del empresario.
- Designación de trabajadores.
- Servicio de prevención propio.
- Servicio de prevención mancomunado.
- Servicio de prevención ajeno.
Participación de los trabajadores
Los trabajadores pueden participar en la gestión de la seguridad y salud de su empresa a través de órganos:
Delegados de Prevención
Son los representantes de los trabajadores en la empresa con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.
Comité de Empresa
Es el órgano paritario y colegiado de participación y consulta de las actuaciones en la empresa en materia de prevención de riesgos laborales que se constituye en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores.
Competencias del Comité
- Participa en la elaboración de los planes de prevención.
- Informa a la empresa de deficiencias existentes y de su corrección.
- Conoce y analiza los daños para la salud de los trabajadores.
La gestión de los accidentes de trabajo
Si se produce un accidente, deben adoptarse una serie de actuaciones tales como:
- Investigación del accidente.
- Notificación de los accidentes.
- Análisis estadístico de la siniestralidad.
Índices de siniestralidad
- Índice de frecuencia.
- Índice de gravedad.
- Índice de incidencia.
Organismos públicos relacionados con la prevención
Las actuaciones públicas deberán actuar de acuerdo con los principios de coordinación y cooperación:
- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).
- Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Inspección de Trabajo.
- Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
- Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo.
- Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo.