Percepciones salariales: tipos, complementos y deducciones
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Las percepciones salariales pueden ser:
Salario Base: Viene establecido en cada convenio laboral para cada trabajador en función de su puesto y su función.
Complementos Salariales: Cantidades que puede recibir el trabajador en relación al puesto de trabajo, y a la cantidad o calidad del trabajo realizado. En función de esto podemos distinguir:
Complementos Salariales Personales:
- Antigüedad
- Conocimientos especiales (por ejemplo: titulación, idiomas).
- Cualquier complemento que haga referencia a las condiciones personales del trabajador, uno de los más utilizados es el de “Mejora Voluntaria”
Complementos Salariales de Puesto de Trabajo:
- Nocturnidad: se recibe cuando el empleado realiza su trabajo en horario nocturno (se considera horario nocturno el de 10 de la noche a 6 de la mañana).
- Penosidad, toxicidad, peligrosidad: si la actividad desarrollada por un trabajador, en su puesto de trabajo, sea considerada penosa, toxica o peligrosa, es decir que en general pueda dañar su salud.
- Turnicidad: este complemento se suele abonar cuando el trabajador realiza turnos rotativos.
Complementos de Calidad o Cantidad del Trabajo:
Se abonan en función de una mejor calidad o una mayor cantidad en la realización del trabajo ofrecido por el trabajador: Asistencia y puntualidad y Horas extraordinarias y complementarias.
Pagas extraordinarias:
Los trabajadores tienen derecho a dos pagas extraordinarias al año como mínimo. Una de ellas debe ser abonada en Navidad y la otra en Verano (Junio o Julio).
Otras Gratificaciones Extraordinarias:
Por convenio o contrato individual puede establecerse un mayor número de gratificaciones extraordinarias al año.
Salario en Especie:
Percepciones NO SALARIALES:
- Gastos de locomoción
- Plus distancia y transporte
- Dietas
- Indemnizaciones por despido,…
DEDUCCIONES:
- Para contingencias comunes: 4,70%
- Para desempleo: Entre un 1,55% y 1,60%
- Para Formación Profesional: 0,1%
- Adicional por horas extraordinarias (2% sobre el importe total por las horas extraordinarias debidas a fuerza mayor y un 4,7% sobre el importe total de las horas extra estructurales y no estructurales o voluntarias)
- Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
FOGASA:
El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo que depende del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Su objetivo principal es actuar para dar cobertura en el pago de salarios e indemnizaciones de trabajadores que no estén recibiendo sus retribuciones por parte de su empresa pagadora. Puede cubrir el pago de los salarios devengados y de tramitación e indemnizaciones pendientes de aquellos trabajadores que presten sus servicios a empresas que hayan sido declaradas insolventes.