La personalidad jurídica: concepto, teorías y clasificación

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La Personalidad Jurídica

Además de la persona física, el derecho reconoce la aptitud para ser sujeto de relaciones jurídicas y, por tanto, reconoce personalidad o capacidad jurídica a ciertas organizaciones sociales constituidas para alcanzar determinados fines que exceden a las posibilidades de cada individuo en particular. La personalidad de estas personas jurídicas es distinta de la persona física que las integra.

Teorías sobre la Persona Jurídica

Existe una discusión sobre la naturaleza de la persona jurídica. Por ello, existen distintas teorías sobre su existencia y esencia:

  • Teoría de la ficción (Savigny):
  • Teoría de la personalidad real (Gierke):

Ambas teorías tienen en común que, en cualquier caso, la persona jurídica presupone siempre una realidad o sustrato social; es decir, una organización de personas o bien una organización de bienes con una finalidad concreta. Además, es reconocida por el derecho positivo, pero se necesitan unos requisitos de constitución para atribuir a la organización la personalidad jurídica independiente.

Abuso de la Personalidad Jurídica

En algunas ocasiones se plantea el problema del abuso de la personalidad jurídica, el cual se produce cuando las personas físicas buscan eludir o evitar la aplicación de la ley usando la persona jurídica, lo que se denomina levantamiento del velo.

Clasificación de las Personas Jurídicas

Las personas jurídicas se clasifican según su pertenencia al derecho público y al derecho privado:

Derecho Público

Son entidades integradas en la administración territorial del Estado, de la CCAA o del ayuntamiento, o bien en la administración institucional (por ejemplo, la universidad), que se rigen en sus relaciones internas y con terceros por el derecho público y/o administrativo. El Código Civil las denomina corporaciones en su artículo 35.

Derecho Privado

Las personas jurídicas son creadas por particulares, que en sus relaciones con terceros se rigen por el derecho privado, civil y/o mercantil. Se trata de asociaciones en sentido amplio y fundaciones, las cuales se constituyen generalmente por un negocio jurídico y adquieren personalidad jurídica con el cumplimiento de los requisitos legales.

Tipos de Asociaciones

En cuanto a las personas jurídicas de derecho privado, podemos clasificarlas según el tipo de asociación:

  • Asociaciones con fin de lucro: Pluralidad de personas que se asocian para un fin común, de existencia independiente de los que en cada momento sean sus miembros, y que persiguen una actividad económica y un lucro (directo o indirecto) y/o una ganancia partible entre los socios.
  • Asociaciones sin fin de lucro: persiguen cualquier otro fin lícito, de interés público o general/no de lucro, que serían asociaciones en sentido estricto.
Fundaciones

También se pueden clasificar según la fundación, que es una organización instituida y reglada por un fundador que asigna bienes para la consecución de un determinado fin, siempre de interés general o público.

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