Planes de Ordenación de Recursos Humanos en el TREBEP: Claves y Procedimiento

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Planes de Ordenación de Recursos Humanos (Art. 69 TREBEP)

Las Administraciones Públicas podrán aprobar planes para la ordenación de sus recursos humanos.

Carácter y Objetivos

  • Carácter: Son potestativos (voluntarios), no obligatorios. Constituyen la herramienta fundamental de planificación estratégica.
  • Objetivos:
    • Contribuir a la eficacia en la prestación de servicios.
    • Contribuir a la eficiencia en el uso de recursos económicos.
    • Lograr la dimensión adecuada de los efectivos.
    • Mejorar la distribución, formación, promoción y movilidad.

Medidas de los Planes

  1. Diagnóstico: Análisis de las disponibilidades y necesidades de personal (número de efectivos y perfiles profesionales).
  2. Organización: Previsiones sobre sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos (RPTs).
  3. Movilidad: Medidas de movilidad voluntaria o forzosa, y suspensión de incorporaciones de personal externo.
  4. Formación: Medidas de formación y capacitación del personal, alineadas con las necesidades detectadas.
  5. Promoción: Establecimiento de criterios y programas de promoción interna y carrera profesional (horizontal/vertical).
  6. Incorporación (Vínculo con OEP): Previsión justificada y temporalizada de la incorporación de nuevo personal a través de la Oferta de Empleo Público.

Otras medidas

Se incluyen mejoras en la gestión retributiva, incentivos al rendimiento y reasignación de efectivos entre puestos. El Plan de Ordenación actúa como marco estratégico (diagnóstico y objetivos), mientras que la RPT y la OEP son los instrumentos de gestión para su ejecución.

Procedimiento de Aprobación

  1. Elaboración del diagnóstico y borrador del Plan.
  2. Negociación sindical obligatoria (Art. 37.1.c TREBEP): "Planes Generales de Recursos Humanos".
  3. Aprobación por el órgano de gobierno competente (Pleno en Entidades Locales).
  4. Publicación para su eficacia.

Referencia en la Administración Local

En la Administración Local, estos planes son la herramienta clave para reestructuraciones de plantilla. Permiten justificar la amortización de plazas (por duplicidad o ineficiencia) o la creación de nuevas (nuevos servicios), además de fundamentar medidas de movilidad forzosa por necesidades del servicio.

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