Prestaciones por Desempleo: Cobertura, Situaciones Asimiladas al Alta y Acreditación Legal
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¿Qué comprende la protección por desempleo y su cuantía?
La protección por desempleo incluye los siguientes aspectos:
- Prestación económica por desempleo total o parcial.
- El abono, por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o el Instituto Social de la Marina (ISM), de la cotización a la Seguridad Social, incluyendo la aportación empresarial por contingencias comunes.
¿Qué significan las situaciones asimiladas al alta y en qué consisten?
Significado: Son aquellas situaciones que legalmente se consideran como trabajadores en activo a efectos de la cotización a la Seguridad Social.
Se consideran las siguientes situaciones:
- La excedencia forzosa por cargo público o sindical.
- La liberación de prisión.
- El retorno de los trabajadores emigrantes.
- Los trabajadores fijos discontinuos que no sean llamados.
- Finalizar su relación laboral desplazado en un período de huelga y/o cierre patronal legales.
- La situación de incapacidad temporal, sin obligación de cotizar.
- Otras situaciones contempladas legalmente.
¿Cómo se acredita la situación legal de desempleo?
La forma de acreditar la situación legal de desempleo, en el caso de despido, será la siguiente:
- Mediante Certificado de Empresa (o en despido litigioso, resolución del mismo).
- Inscripción como demandante de empleo en el SEPE.
- Solicitud de prestaciones, en caso de tener derecho, en los 15 días hábiles a la situación legal de desempleo, o al retorno del extranjero o excarcelación.
- A través de la Sede Electrónica, el trabajador puede realizar tanto el reconocimiento de la solicitud como el reconocimiento de la prestación contributiva por desempleo.
¿Cuánto dura la prestación por desempleo?
La duración de la prestación depende del período de ocupación cotizada en los 6 años anteriores. A continuación, se detalla la relación:
| Período de Ocupación Cotizada (días) | Duración de la Prestación (días) |
|---|---|
| Desde 360 hasta 539 días | 120 días |
| Desde 540 hasta 719 días | 180 días |
| Desde 720 hasta 899 días | 240 días |
| Desde 900 hasta 1.079 días | 300 días |
| Desde 1.080 hasta 1.259 días | 360 días |
| Desde 1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
| Desde 1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
| Desde 1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
| Desde 1.800 hasta 1.979 días | 600 días |
| Desde 1.980 hasta 2.159 días | 660 días |
| Desde 2.160 días | 720 días |
Nota importante: Solo se tendrán en cuenta las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de un derecho anterior, tanto de nivel contributivo como asistencial.