Prestaciones por muerte, jubilación y desempleo: derechos, requisitos y cálculo
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Prestaciones por muerte y supervivencia
Prestaciones por muerte y supervivencia: dirigidas a las personas que dependen económicamente de un trabajador o pensionista que fallece.
Viudedad
Viudedad: pensión vitalicia para el cónyuge, compatible con las rentas del otro trabajo. Se pierde si se vuelve a contraer matrimonio, salvo en ciertos casos de carencia de rentas. Corresponde el 52% de la base reguladora, pudiendo llegar al 70% si existen cargas familiares u otras condiciones específicas.
Orfandad
Orfandad: tienen derecho los hijos menores de 21 años del fallecido, ampliándose hasta los 25 años si el huérfano no trabaja. Se cobra una pensión del 20% de la base reguladora. Si no se quedase viudo/a, el 52% de la viudedad se incrementa a la orfandad.
Pensión a favor de familiares
Pensión a favor de familiares: corresponde a los familiares que conviviesen con el fallecido durante al menos 2 años y dependiesen económicamente de éste. Se cobra el 20% si no se tiene otro tipo de ayudas.
Auxilio de defunción
Auxilio de defunción: es una cantidad en pago único para auxiliar en los gastos de sepelio. En 2014 fue de 46,50 euros.
Pensión de jubilación
Pensión de jubilación: actualmente estamos en un momento transitorio entre dos leyes que regulan el sistema de pensiones. Por ello habrá jubilados a los que les afecte la ley anterior y a otros a los que gradualmente les afectará la nueva.
Sistema anterior
Requisitos y cálculo en el sistema anterior:
- Tener 65 años o acceder a la jubilación anticipada desde los 61 años en determinados casos.
- Haber cotizado entre 15 y 35 años.
- Porcentaje aplicable: desde el 50% hasta el 100% según los años cotizados.
- Base reguladora: media de los últimos 15 años.
Reforma de las pensiones
Principales cambios introducidos por la reforma:
- Edad ordinaria: 67 años, aunque existen excepciones.
- Período de cotización: entre 15 y 37 años, manteniendo los porcentajes anteriores.
- Para obtener el 100% de la pensión, cada año se piden entre 1 y 2 meses más de cotización para pasar de los 35 años cotizados a los 37 en 2027.
Prestación por desempleo
Prestación por desempleo: se requiere cumplir una serie de requisitos y presentar la solicitud en plazo para acceder a la prestación contributiva.
Requisitos
- Haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Suscribir un compromiso de actividad con los servicios públicos de empleo.
- Solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes al cese en el trabajo.
Cálculo de la prestación por desempleo
Para el cálculo de la prestación hay que tener en cuenta los siguientes elementos:
- Días cotizados en los últimos 6 años.
- Base reguladora (media de las bases de cotización correspondientes).
- Aplicar los porcentajes del 70% y del 50% a la base reguladora según el periodo de percepción establecido.
- Comparar topes máximos y mínimos a cobrar según el número de hijos y otras circunstancias familiares.
- Descontar las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social.
Si necesita información adicional sobre requisitos específicos, plazos o ejemplos de cálculo, consulte la normativa vigente o los servicios públicos de empleo.